Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2023050186)
Orden de 16 de octubre de 2023 por la que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 202
Viernes 20 de octubre de 2023

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— Elementos de la arquitectura tradicional: tales como palomares, eras de piedra, chozos,
edificaciones de valor patrimonial (dólmenes, tumbas, castros), construcciones de piedra como pozos artesanos, colmenares y otras edificaciones de la arquitectura tradicional que puedan servir de cobijo para la flora y la fauna.
e) V
 ertido directo: introducción directa de una sustancia en las aguas subterráneas.
f) Vertido indirecto: introducción en las aguas subterráneas de sustancias filtradas a tra­vés
del suelo o del subsuelo.
g) “Mínimo laboreo”: labor secundaria para conseguir que el suelo reciba la menor manipulación necesaria para el cultivo, utilizando aperos de trabajo vertical, como el cultivador
pesado, de modo que se dejen en la superficie del suelo al menos un 30% de los residuos como cobertura tras la siembra.
h) “ Laboreo vertical”: sistema en el que el arado no invierte la tierra, según lo indicado en
el anexo II.3. BCAM 6 del Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre.
i) “Laboreo superficial”: aquel tipo de laboreo en el que la profundidad de acción suele ser
inferior a los 10 - 12 centímetros.
j) “Laboreo con volteo”: invertir la tierra de la capa más superficial del suelo cultivado con
el auxilio de arados, poniendo una parte de la tierra de un estrato inferior en un estrato
superior, con base en lo indicado en el Anexo II.3. BCAM 6 del Real Decreto 1049/2022,
de 27 de diciembre.
Artículo 3. Obligaciones de las personas beneficiarias de determinadas ayudas con
respecto a la condicionalidad reforzada en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las personas beneficiarias de ayudas a las que se refiere el artículo 1 de esta orden, deberán
cumplir los requisitos legales de gestión, en adelante RLG, que figuran en el anexo I y las normas en materia de las Buenas condiciones agrarias y medioambientales, en adelante BCAM,
que figuran en el anexo II del Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, en el conjunto
de su explotación agraria.
A efectos de la presente orden, las obligaciones que se deben cumplir, en materia de condicionalidad reforzada en la Comunidad Autónoma de Extremadura, están recogidas en el anexo I
(BCAM) y el anexo II (RLG).
Artículo 4. Competencias.
1. L
 a Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, como organismo pagador
en virtud del Decreto 299/2015, de 27 de noviembre, será la autoridad responsable de la
aplicación de esta orden.