Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2023050186)
Orden de 16 de octubre de 2023 por la que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 202
Viernes 20 de octubre de 2023
53309
del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento
de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1306/2013, y el
Reglamento Delegado (UE) 1172/2022 de 4 de mayo de 2022 establecen el sistema de penalizaciones que se debe aplicar a quienes se beneficien de ayudas que no cumplan con las
obligaciones relativas al sistema de la condicionalidad reforzada.
Con el fin de poder realizar una correcta implantación y gestión del conjunto de intervenciones que se incluyen en el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del
Reino de España 2023-2027, se aprobó el Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por
el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la
condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco
de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI),
teniendo por objeto establecer la normativa básica reguladora de la condicionalidad de la PAC.
En el mismo, se establece un mínimo nivel de exigencia para todo el territorio nacional, sin
embargo, al tratarse de una normativa básica, dispone de suficiente flexibilidad para permitir
su adaptación a las distintas condiciones locales que existan en las diferentes comunidades
autónomas. Asimismo, establece en el artículo 5 las competencias de las comunidades autónomas en el control de la condicionalidad. Por el citado Real Decreto queda derogado el Real
Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre.
El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, será la autoridad nacional encargada del sistema de coordinación de los controles
de condicionalidad reforzada a efectos de lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento (UE)
2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, conforme se
explicita en el Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema
de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política
Agrícola Común.
El artículo 12 del Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, establece que el FEGA, O.A.,
en colaboración con las comunidades autónomas, elaborará un plan nacional de controles de
la condicionalidad reforzada en el que se recogerá cualquier aspecto que se considere necesario para la realización coordinada de los controles y aplicación de penalizaciones. Este plan
se elaborará de conformidad con los criterios especificados en la normativa europea y con
lo indicado en el citado real decreto. Es por ello, que tal y como viene haciendo en los años
anteriores, es el organismo encargado de aprobar la Circular de Coordinación de la Condicionalidad Reforzada. Plan nacional de controles y criterios para la aplicación de penalizaciones,
estando vigente en 2023 la Circular de Coordinación n.º 14/2023.
Viernes 20 de octubre de 2023
53309
del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento
de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1306/2013, y el
Reglamento Delegado (UE) 1172/2022 de 4 de mayo de 2022 establecen el sistema de penalizaciones que se debe aplicar a quienes se beneficien de ayudas que no cumplan con las
obligaciones relativas al sistema de la condicionalidad reforzada.
Con el fin de poder realizar una correcta implantación y gestión del conjunto de intervenciones que se incluyen en el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del
Reino de España 2023-2027, se aprobó el Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por
el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la
condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco
de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI),
teniendo por objeto establecer la normativa básica reguladora de la condicionalidad de la PAC.
En el mismo, se establece un mínimo nivel de exigencia para todo el territorio nacional, sin
embargo, al tratarse de una normativa básica, dispone de suficiente flexibilidad para permitir
su adaptación a las distintas condiciones locales que existan en las diferentes comunidades
autónomas. Asimismo, establece en el artículo 5 las competencias de las comunidades autónomas en el control de la condicionalidad. Por el citado Real Decreto queda derogado el Real
Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre.
El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, será la autoridad nacional encargada del sistema de coordinación de los controles
de condicionalidad reforzada a efectos de lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento (UE)
2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, conforme se
explicita en el Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema
de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política
Agrícola Común.
El artículo 12 del Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, establece que el FEGA, O.A.,
en colaboración con las comunidades autónomas, elaborará un plan nacional de controles de
la condicionalidad reforzada en el que se recogerá cualquier aspecto que se considere necesario para la realización coordinada de los controles y aplicación de penalizaciones. Este plan
se elaborará de conformidad con los criterios especificados en la normativa europea y con
lo indicado en el citado real decreto. Es por ello, que tal y como viene haciendo en los años
anteriores, es el organismo encargado de aprobar la Circular de Coordinación de la Condicionalidad Reforzada. Plan nacional de controles y criterios para la aplicación de penalizaciones,
estando vigente en 2023 la Circular de Coordinación n.º 14/2023.