Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2023050186)
Orden de 16 de octubre de 2023 por la que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 202
Viernes 20 de octubre de 2023
I
53308
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
ORDEN de 16 de octubre de 2023 por la que se establecen las normas para
la aplicación de la condicionalidad reforzada que deben cumplir las personas
beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que
reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural en la
Comunidad Autónoma de Extremadura. (2023050186)
El concepto de condicionalidad se introdujo en la reforma de la Política Agraria Común (PAC)
del año 2003.
El Reglamento (UE) n.º 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre
de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos
que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes
estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA)
y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) 1305/2013 y (UE) 1307/2013, en el título III, capítulo I, sección 2, establece la
inclusión en el Plan Estratégico de un sistema de Condicionalidad mediante el cual se incorporen en la PAC normas en materia de clima, medio ambiente (incluidos el agua, el suelo y la
biodiversidad de los ecosistemas), salud pública y fitosanidad, y bienestar animal. Las obligaciones de condicionalidad serán los Requisitos Legales de Gestión (RLG) según el Derecho de
la Unión y las normas relativas a las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales (BCAM)
establecidas en el plan estratégico de la PAC de España.
Este Reglamento se completa con el Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión de
7 de diciembre de 2021, en lo relativo a los requisitos adicionales para determinados tipos
de intervención especificados por los Estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC
para el período 2023-2027 en virtud de dicho Reglamento, y a las normas sobre la proporción
relativa a la norma 1 de las buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM).
La condicionalidad reforzada tiene como objetivo contribuir al desarrollo de una agricultura
sostenible mediante una mayor concienciación de las beneficiarias y los beneficiarios sobre la
necesidad de cumplir esas normas básicas, y responder mejor a las expectativas de la sociedad en general, gracias a una mayor coherencia de esta política con los objetivos en materia
de medio ambiente, salud pública, fitosanidad y bienestar animal. Para ello, se prevé imponer
penalizaciones proporcionadas, eficaces y disuasorias, a las personas beneficiarias de ayudas
que no cumplan sus normas. Así, el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y
Viernes 20 de octubre de 2023
I
53308
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
ORDEN de 16 de octubre de 2023 por la que se establecen las normas para
la aplicación de la condicionalidad reforzada que deben cumplir las personas
beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que
reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural en la
Comunidad Autónoma de Extremadura. (2023050186)
El concepto de condicionalidad se introdujo en la reforma de la Política Agraria Común (PAC)
del año 2003.
El Reglamento (UE) n.º 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre
de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos
que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes
estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA)
y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) 1305/2013 y (UE) 1307/2013, en el título III, capítulo I, sección 2, establece la
inclusión en el Plan Estratégico de un sistema de Condicionalidad mediante el cual se incorporen en la PAC normas en materia de clima, medio ambiente (incluidos el agua, el suelo y la
biodiversidad de los ecosistemas), salud pública y fitosanidad, y bienestar animal. Las obligaciones de condicionalidad serán los Requisitos Legales de Gestión (RLG) según el Derecho de
la Unión y las normas relativas a las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales (BCAM)
establecidas en el plan estratégico de la PAC de España.
Este Reglamento se completa con el Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión de
7 de diciembre de 2021, en lo relativo a los requisitos adicionales para determinados tipos
de intervención especificados por los Estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC
para el período 2023-2027 en virtud de dicho Reglamento, y a las normas sobre la proporción
relativa a la norma 1 de las buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM).
La condicionalidad reforzada tiene como objetivo contribuir al desarrollo de una agricultura
sostenible mediante una mayor concienciación de las beneficiarias y los beneficiarios sobre la
necesidad de cumplir esas normas básicas, y responder mejor a las expectativas de la sociedad en general, gracias a una mayor coherencia de esta política con los objetivos en materia
de medio ambiente, salud pública, fitosanidad y bienestar animal. Para ello, se prevé imponer
penalizaciones proporcionadas, eficaces y disuasorias, a las personas beneficiarias de ayudas
que no cumplan sus normas. Así, el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y