Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Bachillerato. Titulaciones. (2023063542)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Consejera, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2023-2024.
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NÚMERO 200
Miércoles 18 de octubre de 2023
53066
b) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o título
declarado equivalente a efectos académicos,
c) Estar en posesión del título profesional de Música o de Danza conforme lo establecido
en el artículo 50.1 de la Ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de mayo.
d) Estar en posesión del título de Técnico o de Técnica en Formación Profesional en Artes
plásticas y diseño.
e) No estar en posesión del título de Bachiller regulado en el artículo 37 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o de cualquier otro título declarado equivalente a
todos los efectos.
f) No estar cursando las materias, para cuyos ejercicios se inscriba, en las enseñanzas de
Bachillerato en cualquiera de sus modalidades, ya sea en régimen ordinario, presencial
nocturno o a distancia.
2. El incumplimiento de estos requisitos, con independencia del momento en que tal circunstancia pueda conocerse, conllevará la anulación de la inscripción en la correspondiente
convocatoria y de todos los efectos que de dicha matriculación pudieran haberse derivado,
incluidos, en su caso, los resultados académicos en ella obtenidos.
Cuarto. Modalidad convocada.
Para el curso 2023/2024, se convocan las siguientes modalidades:
a) Artes.
b) Ciencias.
c) Humanidades y Ciencias Sociales.
Quinto. Materias de Bachillerato integradas en las pruebas.
1. Para el curso 2023/2024, las materias de Bachillerato integradas en estas pruebas serán
las especificadas en el anexo I de la presente resolución.
2. El alumnado que vaya a presentarse a estas pruebas podrá matricularse de las asignaturas
especificadas con el límite de nueve materias.
Sexto. Calendario.
El calendario de actuaciones previsto para el proceso de admisión y realización de las pruebas
para la obtención directa del Título de Bachiller para el curso 2023/2024 será el establecido
en el anexo II.
Miércoles 18 de octubre de 2023
53066
b) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o título
declarado equivalente a efectos académicos,
c) Estar en posesión del título profesional de Música o de Danza conforme lo establecido
en el artículo 50.1 de la Ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de mayo.
d) Estar en posesión del título de Técnico o de Técnica en Formación Profesional en Artes
plásticas y diseño.
e) No estar en posesión del título de Bachiller regulado en el artículo 37 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o de cualquier otro título declarado equivalente a
todos los efectos.
f) No estar cursando las materias, para cuyos ejercicios se inscriba, en las enseñanzas de
Bachillerato en cualquiera de sus modalidades, ya sea en régimen ordinario, presencial
nocturno o a distancia.
2. El incumplimiento de estos requisitos, con independencia del momento en que tal circunstancia pueda conocerse, conllevará la anulación de la inscripción en la correspondiente
convocatoria y de todos los efectos que de dicha matriculación pudieran haberse derivado,
incluidos, en su caso, los resultados académicos en ella obtenidos.
Cuarto. Modalidad convocada.
Para el curso 2023/2024, se convocan las siguientes modalidades:
a) Artes.
b) Ciencias.
c) Humanidades y Ciencias Sociales.
Quinto. Materias de Bachillerato integradas en las pruebas.
1. Para el curso 2023/2024, las materias de Bachillerato integradas en estas pruebas serán
las especificadas en el anexo I de la presente resolución.
2. El alumnado que vaya a presentarse a estas pruebas podrá matricularse de las asignaturas
especificadas con el límite de nueve materias.
Sexto. Calendario.
El calendario de actuaciones previsto para el proceso de admisión y realización de las pruebas
para la obtención directa del Título de Bachiller para el curso 2023/2024 será el establecido
en el anexo II.