Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2023063471)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, 2023.
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NÚMERO 199
Martes 17 de octubre de 2023

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la fecha en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, el órgano administrativo ante
el que fueron presentados y no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización
del procedimiento al que correspondan.
6. E
 l plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día
siguiente al de la publicación de la presente resolución y de su extracto en el Diario Oficial
de Extremadura.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas a trámite. La resolución de
inadmisión se notificará en los términos del artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme se
especifica en el apartado Séptimo punto 4 de esta resolución.
7. L
 a presentación de la solicitud, junto con la documentación que le acompaña, se realizará
por medios electrónicos, en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura, disponible
en la sede electrónica de la misma
(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf), de conformidad con el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, de acuerdo con el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de
régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o
en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
En el caso de que la solicitud se presentara presencialmente, se requerirá al solicitante
para que la subsane a través de su presentación electrónica a través del Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura
(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf) o en cualquiera de los
registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8. U
 na vez recibida la solicitud, si esta presentara defectos o resultara incompleta, se requerirá a la interesada para que en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a su notificación, subsane la falta o acompañe la documentación que se determine,
con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistida de su solicitud, previa
resolución expresa del órgano competente que será dictada en los términos establecidos en
el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, notificada conforme se especifica en el apartado Séptimo
punto 4 de esta resolución.