Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias. (2023AC0072)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 17 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Casar de Cáceres, consistente en reducir la distancia mínima de las construcciones en suelo no urbanizable al suelo urbano y urbanizable.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 199
Martes 17 de octubre de 2023

52890

4. Condiciones estéticas.
En aplicación de lo establecido en el Artículo 138 de la TRLS 92, toda edificación o instalación cuidará al máximo su diseño y elección de materiales, colores y texturas a utilizar,
tanto en paramentos verticales como en cubiertas y carpinterías, con el fin de conseguir
la máxima adecuación al entorno, quedando expresamente prohibidas las edificaciones
características de las zonas urbanas (artículo 44.3ª R.G.), tales como edificios de vivienda
colectiva, naves o edificios que presenten paredes medianeras, etc.
Las construcciones deberán presentar todos sus paramentos exteriores y cubiertas totalmente terminados, con el empleo en ellos de las formas y materiales que menos impacto
produzcan, así como de los colores tradicionales de la zona y los que favorezcan en mayor
medida su integración en el entorno.
Se prohíbe la utilización de los siguientes materiales y acabados:
— Bloques de hormigón sin revocar. Excepto aquellas calidades de bloques especialmente
diseñadas para cara vista.
— Materiales brillantes o reflectantes para cualquier revestimiento exterior.
— Ladrillos no aptos para cara vista, sin revoco.
— Fibrocemento en su color como material de cobertura o cerramiento.
— Chapas metálicas en su color y texturas metálicas como material de cobertura o cerramiento.
— Revocos con mortero de cemento en su color.
Las tonalidades autorizadas en cubierta y paramentos serán las siguientes:
— Cubierta: tonos rojizos.
— Paramentos: blancos, gris claro, ocres, tonos terrosos.
En el caso de viviendas familiares en cualquier categoría de Suelo No Urbanizable, cumplirán
las condiciones estéticas del casco urbano consolidado; centro tradicional.
Regulación pormenorizada de las edificaciones autorizadas en Suelo No Urbanizables:
A. Vivienda unifamiliar.