Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Plan Infoex. (2023050184)
Orden de 10 de octubre de 2023 por la que se declara la época de peligro bajo de incendios forestales del Plan INFOEX, se regulan los usos y actividades que puedan dar lugar a riesgo de incendio, se desarrollan las medidas generales de prevención y medidas de autoprotección definidas en el Plan PREIFEX y se regulan los supuestos en los que queda autorizada la quema de residuos vegetales.
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NÚMERO 197
Viernes 13 de octubre de 2023

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abordar con otro tipo de tratamiento, motivando adecuadamente que no existen otros medios para evitar la propagación de plagas, bien con el objeto de prevenir los incendios.
Conforme a lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que
se modifican la denominación y las competencias de las consejerías que conforma la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 77/2023, de 21 de julio,
por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, así como en el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la
estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
la Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible tiene atribuida la competencia en materia
de residuos. Se trata de una materia, no obstante, que entronca directamente con las competencias que la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural tiene atribuidas en materia
de incendios forestales. Por tanto, se considera conveniente abordar una regulación de estas
materias mediante una orden conjunta de ambas Consejerías afectadas.
Por todo ello, y en virtud de las competencias que en materia de incendios forestales y en
materia de residuos tienen atribuidas respectivamente, la Consejería de Gestión Forestal y
Mundo Rural y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible,
DISPONGO
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
1. La presente orden tiene como objeto declarar la Época de Peligro Bajo de Incendios Forestales del Plan INFOEX y desarrollar los siguientes instrumentos de prevención del Plan
PREIFEX:
a) Regulación de usos y actividades que puedan dar lugar a riesgo de incendio forestal
durante la vigencia de la Época de Peligro Bajo.
b) Medidas Generales de Prevención en terrenos forestales no sujetos a planes de prevención en montes o fincas.
c) Medidas de Autoprotección en lugares susceptibles o vulnerables a los incendios o susceptibles de provocarlos.