Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023063378)
Resolución de 16 de septiembre de 2023, de la Secretaría General de Empleo, sobre concesión de subvenciones destinadas a la financiación de actividades de diseño, programación, difusión, y evaluación de la oferta formativa para personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 195
Martes 10 de octubre de 2023

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de Empleo, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la
propuesta de resolución.
Tercero. La tramitación del expediente se ha desarrollado de conformidad con lo previsto en
la Resolución 4 de abril de 2023 y en la Orden de 28 de abril de 2021, la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común y demás normativa concordante, constatándose que las entidades seleccionadas reúnen los requisitos establecidos en la normativa reguladora para tener acceso
a la subvención solicitada, así como las condiciones de los proyectos establecidas en la orden
referenciada.
Así mismo, de acuerdo con el párrafo 3º del artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el apartado 2 del artículo 6 de
la Orden de 28 de abril de 2021 se exceptúa del requisito de fijar el orden de prelación entre
las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos cuando el crédito consignado en la convocatoria (150.000,00 €) es suficiente, para atender al número de solicitudes
una vez finalizado el plazo presentación (tres solicitudes por un importe total de 90.000,00 €).
Cuarto. El artículo 8.2 de la Orden de 28 de abril de 2021 establece que la concesión de la
subvención vendrá determinada por las actuaciones previstas en el Plan de Actuaciones definido por cada beneficiaria.
En virtud de lo expuesto anteriormente, procede emitir la siguiente,
RESOLUCIÓN:
Primero. Conceder a las entidades Asociación Intersectorial de Autónomos de la Provincia de
Badajoz, con CIF n.º G06421713, Asociación de Trabajadores Autónomos de Extremadura-Ata,
con CIF n.º G06315337, y Organización de Profesionales Autónomos y Emprendedores de Extremadura, con CIF: n.º G06591002, la subvención solicitada por importe de 30.000,00 € respectivamente, para para la financiación de las acti­vidades de diseño, programación, difusión y
evaluación de la oferta formativa para personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes a la convocatoria del año 2023, aprobada
por Resolución 4 de abril de 2023.
Segundo. Declarar por desistida la solicitud presentada por la entidad Asociación de Autónomos con Derechos Extremadura, con CIF n.º G06757017, al no subsanar las deficiencias
detectadas en la documentación presentada.