Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023063378)
Resolución de 16 de septiembre de 2023, de la Secretaría General de Empleo, sobre concesión de subvenciones destinadas a la financiación de actividades de diseño, programación, difusión, y evaluación de la oferta formativa para personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 195
Martes 10 de octubre de 2023

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Cuarto. Examinadas las todas solicitudes se comprueba que las presentadas por las entidades solicitantes Asociación Intersectorial de Autónomos de la provincia de Badajoz, Asociación
de Trabajadores Autónomos de Extremadura-Ata y Organización de Profesionales Autónomos
y Emprendedores de Extremadura cumplen todos los requisitos para ser beneficiaria de esta
ayuda; mientras que la solicitud presentada por la entidad Asociación de Autónomos con Derechos Extremadura no corrige las deficiencias señaladas, una vez finalizado el plazo de los
10 días hábiles del requerimiento de subsanación, el cual fue notificado el día 19 de junio de
2023.
Quinto. Que el importe total de la ayuda concedida asciende a 90.000,00 € distribuidos del
siguiente modo por entidad solicitante:
— Asociación Intersectorial de autónomos de la Provincia de Badajoz: 30.000,00 €.
— Asociación de trabajadores Autónomos de Extremadura-Ata: 30.000,00 €.
— Organización de Profesionales Autónomos y Emprendedores de Extremadura: 30.000,00 €.
Sexto. Con fecha 11 de septiembre del 2023, se reunió la Comisión de Valoración para examinar el informe del Servicio de Gestión de la Formación para el Empleo de la Secretaría General
del SEXPE sobre cumplimiento de los requisitos por los beneficiarios, alegaciones presentadas
por las entidades cuyas solicitudes se inadmiten y la evaluación de las solicitudes admitidas
de acuerdo con los criterios previstos en el artículo 12 de la Orden de 28 de abril de 2021.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. El resuelvo decimotercero de la Resolución 4 de abril de 2023 establece que de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.2 de la Orden de 28 de abril de 2021, la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en la presente resolución corresponde a la
Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo o persona en quien delegue, en la
que se fijarán las cuantías individualizadas de las ayudas, así como las condiciones, obligaciones
y determinaciones accesorias a las que deban sujetarse las beneficiarias de las mismas.
Así mismo, el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura estable en su artículo
17, apartado 4, que la Secretaría General de Empleo, bajo la superior dirección de la persona
titular de la Consejería, ejerce la Dirección Gerencia del Organismo Autónomo Servicio Extremeño Público de Empleo.
Segundo. El resuelvo decimosegundo de la Resolución 4 de abril de 2023 señala que el órgano de ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones convocadas mediante la presente resolución será la Secretaría General del Servicio Extremeño Público