Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Delegación De Competencias. Delegación De Firma. (2023063301)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se delega la competencia y la firma en diversas materias.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 189
Lunes 2 de octubre de 2023

51497

de forma directa, sin convocatoria previa, en los supuestos del artículo 22.4 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Igualmente, la resolución de los procedimientos de comprobación del cumplimiento de
las condiciones a que está sujeta la concesión de las subvenciones y de los posibles
procedimientos de revocaciones, reintegros, sancionadores y renuncias de las subven­
ciones que se deriven de éstos.
b) La resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra resoluciones dic­
tadas en los procedimientos de revocación, reintegro y pérdida de derecho al cobro.
Segundo. Delegar en los titulares de las Gerencias Territoriales de Badajoz y Cáceres del Ser­
vicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, en sus respec­
tivos ámbitos materiales y territoriales, las competencias relativas a la rendición de cuentas
justificativas de los pagos por cuenta delegada y de los pagos a justificar atribuidas por los ar­
tículos 43.3 y 49.2 del Decreto 25/1994, de 22 de febrero, por el que se desarrolla el régimen
de la Tesorería y Coordinación Presupuestaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Delegar en la Jefatura de Servicio de Gestión Económica y Presupuestaria de la
Consejería de Salud y Servicios Sociales, en materia de gestión presupuestaria, la firma de:
a) La formalización de la toma de razón de la transmisión de los derechos de cobro que
ejerza como competencia propia o por delegación de la Dirección Gerencia del SEPAD,
y con excepción de lo dispuesto en el apartado quinto de esta resolución.
La delegación de firma para la formalización de la toma de razón de la transmisión de los
derechos de cobro reconocida en la presente resolución será de aplicación a los distintos
supuestos contemplados en la Resolución de 5 de octubre de 2009 de la Intervención
General, que establece el procedimiento a seguir en la transmisión de los derechos de
cobro, conforme a la Regla 71 de la Instrucción de Operatoria Contable a seguir en la
ejecución del gasto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
regulada por Orden de 17 de diciembre de 2020.
b) Las ordenaciones de los pagos previstas en los artículos 37 y 48 del Decreto 25/1994,
de 22 de febrero, por el que se desarrolla el régimen de Tesorería y Coordinación Pre­
supuestaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuya competencia ostente por
delegación de la Dirección Gerencia del SEPAD.
Cuarto. Delegar en la Jefatura de Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Consejería
de Salud y Servicios Sociales, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado quinto de esta reso­
lución, la firma de las siguientes resoluciones y actos administrativos en materia de personal: