Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Delegación De Competencias. Delegación De Firma. (2023063300)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Consejera, por la que se delega la competencia y la firma en diversas materias.
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NÚMERO 189
Lunes 2 de octubre de 2023

51488

Cuarto. Delegar en la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y
Sociosanitarias la firma de los siguientes convenios y resoluciones:
— Convenios de colaboración, protocolos y demás instrumentos de naturaleza convencional que, en materia formativa de los profesionales del Sistema Sanitario Público de
Extremadura y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de Extremadura, así como de los estudiantes pertenecientes a la rama sanitaria, promueva dicha
Dirección General.
No obstante, cuando, por razones de relevancia institucional, se considere que un determinado convenio debe ser firmado por la Consejera de Salud y Servicios Sociales, esta
delegación de firma se entenderá tácitamente revocada.
— Resoluciones de acreditación previstas en el artículo 6.1 del Decreto 25/2021, de 7 de
abril, por el que se regula el procedimiento de acreditación de las enfermeras y enfermeros para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto.
1. D
 elegar en las Jefaturas de los Servicios Territoriales de Badajoz y de Cáceres de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, sin perjuicio de las que se atribuyen expresamente
a otros órganos en la presente resolución, la firma de los actos y resoluciones relativos a:
a) En materia de gastos, la ordenación de pagos prevista en el artículo 48 del Decreto
25/1994, de 22 de febrero, por el que se desarrolla el régimen de la Tesorería y Coordinación Presupuestaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para los pagos que
se deriven de obligaciones contraídas con cargo a las cuentas delegadas en el ámbito
de sus respectivas provincias; así como las autorizaciones de gastos de los Centros de
Acogida de Menores, de las Jefaturas de Área de Inspección Sanitaria y el en caso del
Servicio Territorial de Badajoz de la Escuela de Ciencias de la Salud y de Atención Sociosanitaria y del Centro de Cumplimiento de Medidas Judiciales” Vicente Marcelo Nessi”, y en el de la Jefatura del Servicio Territorial de Cáceres, el Centro de Recuperación
“Zagal”.
b) En materia de contratación administrativa y de su correspondiente ejecución del gasto,
en virtud de lo establecido en el artículo 61 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español
las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26
de febrero de 2014, el artículo 32 de la Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura y el artículo 91.1 de la Ley