Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Delegación De Competencias. Delegación De Firma. (2023063304)
Resolución de 22 de septiembre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, por la que se delega la competencia y la firma en determinadas materias.
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NÚMERO 189
Lunes 2 de octubre de 2023
51481
e) E
n materia sancionadora, las que me atribuye el artículo 5 apartado 3 letra q) del anexo
del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD),
para el ejercicio de esta potestad respecto de los procedimientos seguidos contra los
usuarios de los centros de mayores del SEPAD, de conformidad con lo establecido en
el Decreto 83/2000, de 4 de abril, por el que se regula el Estatuto de los Centros de
Mayores, cuando se trate de faltas graves o muy graves.
f) En materia de contratación administrativa y de su correspondiente ejecución del gasto,
en virtud de lo establecido en el artículo 23 del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por
el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía
y Atención a la Dependencia (SEPAD) y el artículo 91 de la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de Hacienda Pública de Extremadura, la competencia respecto de los siguientes
expedientes de contratación:
— Contratos de suministros, servicios y concesiones de servicio imputables al Capítulo
Dos del presupuesto de gastos que sean necesarios para garantizar el funcionamiento ordinario de los centros o unidades dependientes de la respectiva Gerencia
Territorial.
— Contratos de suministros y servicios imputables al Capítulo Seis del presupuesto de
gastos de valor estimado inferior a 15.000 euros que se tramiten para atender necesidades de centros o unidades dependientes de la respectiva Gerencia Territorial.
Tercero. Delegar en las Gerencias Territoriales de Badajoz y de Cáceres del SEPAD, en el
ámbito de sus respectivas provincias, la firma de las resoluciones y actos administrativos relativos a los procedimientos de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho
a los servicios o prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
que me atribuye el artículo 5.3, letra d), del anexo del Decreto 222/2008, de 24 de octubre,
por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y
Atención a la Dependencia (SEPAD) instruidos en las respectivas Gerencias que terminen de
forma atípica (desistimiento, renuncia, caducidad e imposibilidad material de continuación por
causas sobrevenidas), en las resoluciones de no aprobación de PIA y en la resolución de los
recursos que se formularan contra dichos actos y resoluciones.
Cuarto. Delegar en la Dirección de los Centros adscritos a las Gerencias Territoriales de Badajoz y de Cáceres del SEPAD, la firma de las resoluciones y actos administrativos siguientes:
a) En materia de gestión presupuestaria, la ordenación de pagos prevista en el artículo 48
del Decreto 25/1994, de 22 de febrero, por el que se desarrolla el régimen de la Tesorería y Coordinación Presupuestaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para
Lunes 2 de octubre de 2023
51481
e) E
n materia sancionadora, las que me atribuye el artículo 5 apartado 3 letra q) del anexo
del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD),
para el ejercicio de esta potestad respecto de los procedimientos seguidos contra los
usuarios de los centros de mayores del SEPAD, de conformidad con lo establecido en
el Decreto 83/2000, de 4 de abril, por el que se regula el Estatuto de los Centros de
Mayores, cuando se trate de faltas graves o muy graves.
f) En materia de contratación administrativa y de su correspondiente ejecución del gasto,
en virtud de lo establecido en el artículo 23 del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por
el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía
y Atención a la Dependencia (SEPAD) y el artículo 91 de la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de Hacienda Pública de Extremadura, la competencia respecto de los siguientes
expedientes de contratación:
— Contratos de suministros, servicios y concesiones de servicio imputables al Capítulo
Dos del presupuesto de gastos que sean necesarios para garantizar el funcionamiento ordinario de los centros o unidades dependientes de la respectiva Gerencia
Territorial.
— Contratos de suministros y servicios imputables al Capítulo Seis del presupuesto de
gastos de valor estimado inferior a 15.000 euros que se tramiten para atender necesidades de centros o unidades dependientes de la respectiva Gerencia Territorial.
Tercero. Delegar en las Gerencias Territoriales de Badajoz y de Cáceres del SEPAD, en el
ámbito de sus respectivas provincias, la firma de las resoluciones y actos administrativos relativos a los procedimientos de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho
a los servicios o prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
que me atribuye el artículo 5.3, letra d), del anexo del Decreto 222/2008, de 24 de octubre,
por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y
Atención a la Dependencia (SEPAD) instruidos en las respectivas Gerencias que terminen de
forma atípica (desistimiento, renuncia, caducidad e imposibilidad material de continuación por
causas sobrevenidas), en las resoluciones de no aprobación de PIA y en la resolución de los
recursos que se formularan contra dichos actos y resoluciones.
Cuarto. Delegar en la Dirección de los Centros adscritos a las Gerencias Territoriales de Badajoz y de Cáceres del SEPAD, la firma de las resoluciones y actos administrativos siguientes:
a) En materia de gestión presupuestaria, la ordenación de pagos prevista en el artículo 48
del Decreto 25/1994, de 22 de febrero, por el que se desarrolla el régimen de la Tesorería y Coordinación Presupuestaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para