Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2023063092)
Resolución de 28 de agosto de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a actividades de promoción y comunicación, llevadas a cabo en terceros países, de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el ejercicio FEAGA 2025.
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NÚMERO 169
Viernes 1 de septiembre de 2023

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Para su preparación se han tenido en cuenta los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de
22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; así como en la Ley 8/2011,
de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en
Extremadura.
El 21 de julio de 2023 se ha publicado en el DOE núm. 140, el Decreto de la Presidenta
16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y competencias de las
Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
donde se establece que: “La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
ejercerá las competen­cias en materia de agricultura y ganadería, diversificación y formación
del medio rural, conservación de la naturaleza y áreas protegidas y evaluación y protección
ambiental; en materia de planificación y coordinación hídrica; las competencias en materia
de in­dustria, energía y minas. También se le asignan las competencias en materia sociedades
cooperativas y sociedades laborales y de política demográfica y poblacional”.
Asimismo, el 28 de julio de 2023, se ha publicado en el DOE núm. 145, el Decreto 77/2023,
de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. En su artículo 14.2 dispone que le corresponde a
la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible, entre otras, las siguientes funciones: “la dirección y coordinación de la
actividad adminis­trativa de defensa de la calidad de los productos alimentarios.
Además, le corresponde la promoción e impulso de la participación del sector productivo
agrario en iniciativas de transformación y comercialización de la producción agropecuaria;
la promoción de las técnicas y procesos agroalimentarios entre los distintos colectivos afec­
tados; la dirección y coordinación de la actividad administrativa en materia de seguridad
alimentaria de la producción primaria; la promoción y fomento de los seguros agrarios, así
como la tramitación de las ayudas que se establezcan con tal fin; el apoyo a los titu­lares de
explotaciones agrarias, las agrupaciones de productores y organizaciones inter­profesionales
agroalimentarias; proponer y desarrollar líneas de actuación en materia de comercialización
y distribución en los diferentes sectores agroalimentarios; desarrollar las directrices de la
política de vertebración sectorial y relaciones contractuales en el ámbito agroalimentario, y
la dirección del Organismo especializado que tenga atribuido el ejercicio de los controles de
condicionalidad”.
En virtud de las bases reguladoras, y en uso de las competencias atribuidas en el artículo
23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Ex­
tremadura,