Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2023040245)
Decreto 103/2023, de 2 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la destilación de vino en casos de crisis y se aprueba la convocatoria en la Comunidad Autónoma de Extremadura para la campaña 2022/2023.
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NÚMERO 168
Jueves 31 de agosto de 2023

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3. Procedimiento de concesión y convocatoria:
1. E
 l procedimiento de concesión se inicia de oficio, mediante la aprobación de la presente
convocatoria y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es),
en la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index), conforme a lo dispuesto en
el artículo 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en el Portal de Transparencia de la
Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es/), en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
2. El procedimiento de concesión de estas ayudas se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva mediante única convocatoria para el año 2023, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. Solicitudes de ayuda:
1. Las solicitudes de ayuda se ajustarán a lo dispuesto en el artículo 10 del presente
decreto.
2. Las solicitudes se presentarán ante la Dirección General de Política Agraria Comunitaria
de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible por cualquiera de los
medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en cualquiera de los
lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que
se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del
mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En todo caso, las personas jurídicas y las agrupaciones sin personalidad jurídica, de
conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estarán obligadas a presentar sus solicitudes de forma telemática, a través de la plataforma ARADO,
cuya dirección electrónica es la siguiente: https://aradoacceso.juntaex.es, mediante el
uso de sus claves personales.
5. P
 lazo de resolución y notificación, y órganos competentes para la ordenación,
instrucción y resolución del procedimiento:
1. L
 as solicitudes se resolverán y notificarán a las personas y entidades interesadas en el
plazo máximo de 1 mes desde la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes, por cualquiera de los medios legalmente establecidos, de acuerdo con los artícu-