Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2023040245)
Decreto 103/2023, de 2 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la destilación de vino en casos de crisis y se aprueba la convocatoria en la Comunidad Autónoma de Extremadura para la campaña 2022/2023.
46 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 168
Jueves 31 de agosto de 2023
48629
Artículo 12. Justificación de la finalidad y solicitud de pago.
1. L
a entidad beneficiaria deberá presentar, en el plazo establecido al efecto en la convocatoria de la ayuda, una solicitud de pago.
2. Estas solicitudes se presentarán ante la Dirección General de Política Agraria Comunitaria
de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible por cualquiera de los
medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en cualquiera de los lugares
previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta
un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el
ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En todo caso, las
personas jurídicas y las agrupaciones sin personalidad jurídica, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estarán obligadas a presentar sus solicitudes
de forma telemática. La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de
la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general
electrónico www.juntaex.es, dentro de la ficha correspondiente al trámite.
3. Las solicitudes se presentarán conforme al formulario “Solicitud de Pago de la Ayuda a la
Destilación de Crisis”, que se adjunta como anexo III de este decreto, junto con la siguiente
documentación:
a) Formulario que se adjunta como anexo IV de este decreto, “resumen de vino destilado
y alcohol obtenido”.
b) Certificados de recepción del vino para la destilación, de acuerdo con el modelo del
anexo V de este decreto.
c) Prueba de destilación del vino por el que se solicita la ayuda (Modelo 520 de la AEAT –
impuestos y tasas. Parte de resultados en operaciones de trabajo).
d) Relación de vino destilado y alcohol obtenido, de acuerdo con el modelo del anexo VI de
este decreto, “resumen por productor del vino entregado”, de cada uno de los Modelos
520 que hayan dado lugar al alcohol obtenido a partir del vino por el que se solicita la
ayuda.
e) J ustificación del destino de alcohol obtenido, de acuerdo con lo indicado en el artículo
13 de este decreto.
4. E
n caso de no disponer de los justificantes de destino de alcohol obtenido, éstos deberán
ser presentados a más tardar el 31 de julio de 2024. En tal caso, se deberá presentar do-
Jueves 31 de agosto de 2023
48629
Artículo 12. Justificación de la finalidad y solicitud de pago.
1. L
a entidad beneficiaria deberá presentar, en el plazo establecido al efecto en la convocatoria de la ayuda, una solicitud de pago.
2. Estas solicitudes se presentarán ante la Dirección General de Política Agraria Comunitaria
de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible por cualquiera de los
medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en cualquiera de los lugares
previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta
un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el
ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En todo caso, las
personas jurídicas y las agrupaciones sin personalidad jurídica, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estarán obligadas a presentar sus solicitudes
de forma telemática. La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de
la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general
electrónico www.juntaex.es, dentro de la ficha correspondiente al trámite.
3. Las solicitudes se presentarán conforme al formulario “Solicitud de Pago de la Ayuda a la
Destilación de Crisis”, que se adjunta como anexo III de este decreto, junto con la siguiente
documentación:
a) Formulario que se adjunta como anexo IV de este decreto, “resumen de vino destilado
y alcohol obtenido”.
b) Certificados de recepción del vino para la destilación, de acuerdo con el modelo del
anexo V de este decreto.
c) Prueba de destilación del vino por el que se solicita la ayuda (Modelo 520 de la AEAT –
impuestos y tasas. Parte de resultados en operaciones de trabajo).
d) Relación de vino destilado y alcohol obtenido, de acuerdo con el modelo del anexo VI de
este decreto, “resumen por productor del vino entregado”, de cada uno de los Modelos
520 que hayan dado lugar al alcohol obtenido a partir del vino por el que se solicita la
ayuda.
e) J ustificación del destino de alcohol obtenido, de acuerdo con lo indicado en el artículo
13 de este decreto.
4. E
n caso de no disponer de los justificantes de destino de alcohol obtenido, éstos deberán
ser presentados a más tardar el 31 de julio de 2024. En tal caso, se deberá presentar do-