Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023063056)
Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Votorantim Cementos España, SA, Fábrica de Alconera".
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NÚMERO 167
Miércoles 30 de agosto de 2023



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4. Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en cualquier material,
herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos de la empresa o del centro de trabajo.



5. L
 a embriaguez habitual y/o la toxicomanía.



6. La revelación a terceros de cualquier información de reserva obligada, cuando de ello
pueda derivarse un perjuicio sensible para la empresa.



7. L
 a competencia desleal.



8. Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los
superiores, compañeros o subordinados.



9. La imprudencia o negligencia inexcusable, así como el incumplimiento de las normas
de seguridad y salud en el trabajo, cuando sean causantes de riesgo o accidente laboral grave, perjuicios graves a las personas de su equipo de trabajo, o a terceros, o
daños graves a la empresa.



10. E
 l abuso de autoridad por parte de quien la ostente.

11. La disminución voluntaria y reiterada o continuada en el rendimiento normal del
trabajo.


12. L
 a desobediencia continuada o persistente.



13. Los actos desarrollados en el centro de trabajo o fuera de él, con motivo u ocasión
del trabajo encomendado que sean constitutivos de delito o falta penal.



14. E
 l abandono del puesto de trabajo sin justificación, especialmente en puestos de
mando o responsabilidad, o cuando ello ocasione evidente perjuicio para la empresa o pueda llegar a ser causa de accidente para la persona trabajadora, las personas de su equipo de trabajo o terceros.



15. La imprudencia temeraria en el desempeño del trabajo encomendado, o cuando la
forma de realizarlo implique riesgo de accidente o peligro grave de avería para las
instalaciones o maquinaria de la empresa.



16. La reincidencia en falta grave, aunque sea de distinta naturaleza, dentro del período
de 6 meses, siempre que haya sido objeto de sanción por escrito.



17. Los malos tratos de palabra y obra, la falta de respeto a la intimidad, la falta de
consideración debida a la dignidad personal y las ofensas verbales o físicas de na-