Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023063057)
Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "FCC Aqualia, SA", para la captación, elevación, conducción, tratamiento, distribución, saneamiento y depuración de aguas potables y residuales en la ciudad de Badajoz capital.
53 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 167
Miércoles 30 de agosto de 2023

48531

Las divisiones funcionales u orgánicas dentro del mismo grupo profesional no supondrán
un obstáculo a la movilidad funcional.
5. E
 l personal incluido en el ámbito de aplicación de este Convenio Colectivo se clasificará en
razón de la función desempeñada en los grupos profesionales y niveles aquí establecidos.
Grupo Profesional 1:
A. Criterios Generales.
Tareas: Se ejecutan según instrucciones concretas, claramente establecidas, con un
alto grado de dependencia o supervisión, que requieren preferentemente esfuerzo físico
o atención y que no necesitan de formación específica, salvo la ocasional de un periodo
de adaptación.
Formación: Experiencia adquirida en el desempeño de una profesión equivalente y titulación de graduado escolar o ESO, certificado de escolaridad o equivalente.
Grupo Profesional 2:
A. Criterios Generales.
El presente grupo profesional se divide a su vez en dos niveles en función de su grado
de iniciativa y responsabilidad.
Tareas Nivel B: Tareas que consisten en operaciones realizadas siguiendo instrucciones
específicas, con alto grado de supervisión, que normalmente exigen conocimientos profesionales y aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una supervisión directa o sistemática.
Formación Nivel B: Titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalentes a graduado escolar o ESO, completada con formación específica en
el puesto de trabajo.
Tareas Nivel A: Tareas que consisten en la ejecución de operaciones que, aún en el caso
de que se realicen bajo instrucciones específicas, requieran cierta iniciativa y adecuados
conocimientos profesionales y aptitudes prácticas y que pueden tener encomendada la
supervisión directa del trabajo realizado por sus colaboradores.
Formación Nivel A: Titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalente a ciclos formativos de grado medio, o formación profesional 1.º grado,
completada con formación específica en el puesto de trabajo.