Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023063055)
Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Ba Glass Spain, SAU, en Villafranca de los Barros".
56 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 166
Martes 29 de agosto de 2023

48423

Se adoptarán las medidas necesarias para evitar la exposición de las trabajadoras en
situación de embarazo o parto reciente a los riesgos determinados en la evaluación de
su puesto de trabajo y que puedan afectar a su salud o la del feto. Una vez conocida por
la empresa dicha situación de embarazo, se deberá emitir un informe por los servicios
de prevención indicando la posible incompatibilidad de dicha situación con los riesgos
existentes, todo ello en los términos previstos en el Artículo 26 de la Ley 31/1995. En
caso de mínima duda sobre los riesgos que para el embarazo pueda originar el mantenimiento de la actividad, se acordará por la empresa la opción de suspender la relación
laboral por esta contingencia, lo que se acordará con la Mutua Patronal y el Servicio de
Prevención correspondientes.
Se deberán analizar los puestos de trabajo de la empresa teniendo en cuenta que los
mismos puedan ser desempeñados por trabajadoras embarazadas.
IV. Protocolo de actuación frente al acoso laboral.
Todo trabajador tiene derecho a la salvaguarda de su dignidad y a los derechos fundamentales en el trabajo. En virtud de ello, la empresa manifiesta su total rechazo ante cualquier
comportamiento indeseado de carácter o connotación sexual, abuso de poder o cualquier
tipo de comportamiento discriminatorio, comprometiéndose a colaborar eficazmente y de
buena fe para prevenir, detectar, corregir y sancionar este tipo de conducta.
Para ello, BA Glass Spain, en concreto respecto de su fábrica de Villafranca, velará por un
entorno laboral exento de todo tipo de acoso, rechazando cualquier tipo de práctica de este
tipo en el ambiente de trabajo y haciendo expreso pronunciamiento de no tolerar este tipo
de acciones.
Quedan comprendidas dentro de este Protocolo las conductas que están relacionadas con
los siguientes aspectos:
— Acoso sexual: cualquier comportamiento o conducta, verbal o física, de naturaleza sexual, que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una
persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo y
se desarrolle en el ámbito laboral. La consideración de acoso sexual abarca los comportamientos en el lugar de trabajo o en funciones sociales ligadas al trabajo, durante los
viajes o misiones emprendidos en relación con el trabajo. El acoso implica, en principio,
una conducta continuada en el tiempo, si bien un único episodio, por su trascendencia,
pudiera ser constitutivo de acoso sexual.
— Acoso por razón de sexo: cualquier comportamiento realizado en función del sexo u
orientación sexual de una persona, con el efecto o el propósito de atentar contra su