Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023063055)
Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Ba Glass Spain, SAU, en Villafranca de los Barros".
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NÚMERO 166
Martes 29 de agosto de 2023
48408
7. La falta de la debida corrección y diligencia con el público y la apatía para cumplir
las indicaciones de sus superiores. Estas faltas podrán tener la consideración de
graves en caso de reincidencia y en cuanto por su real trascendencia merezcan esta
calificación.
8. No comunicar a la empresa los cambios de domicilio.
9. Discutir sobre asuntos extraños al trabajo, durante la jornada laboral. Si se produjera
alteración del orden laboral, podrá considerarse falta grave o muy grave.
10. La embriaguez ocasional cuando no constituyera otra falta más grave.
11. Comer en horarios y lugares no autorizados, sin reincidencia.
12. Cualquier otra de carácter análogo.
50.2. Faltas graves.
Se consideran como faltas graves:
1. Más de tres faltas no justificadas de puntualidad al mes.
2. L
a entrega no puntual de los partes de baja, confirmación y alta en los períodos de
incapacidad temporal.
3. Faltar dos días al trabajo sin justificar.
4. No comunicar con la puntualidad debida los cambios experimentados en la familia
que puedan afectar a la Seguridad Social o retenciones fiscales; si existiera malicia
se considerará falta muy grave.
5. Intervenir en juegos durante las horas de trabajo, sean éstos de la clase que fuesen.
6. La desobediencia a sus superiores en cualquier materia de trabajo, siempre que no
implique peligro para la integridad física de las personas o trabajo vejatorio. Si implicase quebranto manifiesto de la disciplina o se derivase perjuicio notorio para la
empresa, podrá ser considerada como falta muy grave.
7. La negligencia o desidia en el trabajo que afecte a la buena marcha del mismo.
8. La imprudencia en acto de servicio si no implicara riesgo grave de accidente o avería en las instalaciones, utillajes, maquinaria, etc., para el trabajador o para sus
compañeros.
Martes 29 de agosto de 2023
48408
7. La falta de la debida corrección y diligencia con el público y la apatía para cumplir
las indicaciones de sus superiores. Estas faltas podrán tener la consideración de
graves en caso de reincidencia y en cuanto por su real trascendencia merezcan esta
calificación.
8. No comunicar a la empresa los cambios de domicilio.
9. Discutir sobre asuntos extraños al trabajo, durante la jornada laboral. Si se produjera
alteración del orden laboral, podrá considerarse falta grave o muy grave.
10. La embriaguez ocasional cuando no constituyera otra falta más grave.
11. Comer en horarios y lugares no autorizados, sin reincidencia.
12. Cualquier otra de carácter análogo.
50.2. Faltas graves.
Se consideran como faltas graves:
1. Más de tres faltas no justificadas de puntualidad al mes.
2. L
a entrega no puntual de los partes de baja, confirmación y alta en los períodos de
incapacidad temporal.
3. Faltar dos días al trabajo sin justificar.
4. No comunicar con la puntualidad debida los cambios experimentados en la familia
que puedan afectar a la Seguridad Social o retenciones fiscales; si existiera malicia
se considerará falta muy grave.
5. Intervenir en juegos durante las horas de trabajo, sean éstos de la clase que fuesen.
6. La desobediencia a sus superiores en cualquier materia de trabajo, siempre que no
implique peligro para la integridad física de las personas o trabajo vejatorio. Si implicase quebranto manifiesto de la disciplina o se derivase perjuicio notorio para la
empresa, podrá ser considerada como falta muy grave.
7. La negligencia o desidia en el trabajo que afecte a la buena marcha del mismo.
8. La imprudencia en acto de servicio si no implicara riesgo grave de accidente o avería en las instalaciones, utillajes, maquinaria, etc., para el trabajador o para sus
compañeros.