Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023063055)
Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Ba Glass Spain, SAU, en Villafranca de los Barros".
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NÚMERO 166
Martes 29 de agosto de 2023
48403
Para articular este derecho, los trabajadores podrán participar a través de sus representantes
legales en el desarrollo de las medidas necesarias para la prevención de riesgos en el trabajo.
Artículo 38. Prevención de riesgos laborales.
Se deberán prevenir los riesgos para la salud del trabajador, evitando si fuera posible su generación y, de no serlo, reduciéndolos en la medida de lo posible y estableciendo medios de
protección personal adecuados.
En toda introducción, ampliación o modificación de los procesos productivos se procurará que
la nueva tecnología y procesos no generen riesgos incontrolables, procediéndose en todos
esos supuestos a analizar nuevamente los riesgos existentes, introduciendo las medidas necesarias preventivas.
Serán facilitados por la empresa a los delegados de prevención todas las medidas correctoras
e informes higiénicos que como consecuencia de los accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales se remitan a la empresa por parte de los servicios de prevención.
Artículo 39. Evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva.
La dirección de la empresa, asesorada técnicamente por los servicios de prevención, elaborará y tendrá actualizado en todo momento:
a) Evaluación de riesgos del centro de trabajo.
b) Plan general de prevención.
c) Planificación anual de la prevención.
Artículo 40. Vigilancia de la salud.
La empresa garantizará a los trabajadores la vigilancia periódica de su estado de salud en
función de los riesgos inherentes al trabajo, en los términos previstos en el Artículo 22 de la
ley de Prevención de Riesgos Laborales.
La información que se obtenga respetará en todo momento el derecho a la intimidad y a la
dignidad de la persona.
Los reconocimientos médicos deberán ser específicos y adecuarse al puesto de trabajo desempeñado.
Estos reconocimientos serán de periodicidad máxima anual.
Martes 29 de agosto de 2023
48403
Para articular este derecho, los trabajadores podrán participar a través de sus representantes
legales en el desarrollo de las medidas necesarias para la prevención de riesgos en el trabajo.
Artículo 38. Prevención de riesgos laborales.
Se deberán prevenir los riesgos para la salud del trabajador, evitando si fuera posible su generación y, de no serlo, reduciéndolos en la medida de lo posible y estableciendo medios de
protección personal adecuados.
En toda introducción, ampliación o modificación de los procesos productivos se procurará que
la nueva tecnología y procesos no generen riesgos incontrolables, procediéndose en todos
esos supuestos a analizar nuevamente los riesgos existentes, introduciendo las medidas necesarias preventivas.
Serán facilitados por la empresa a los delegados de prevención todas las medidas correctoras
e informes higiénicos que como consecuencia de los accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales se remitan a la empresa por parte de los servicios de prevención.
Artículo 39. Evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva.
La dirección de la empresa, asesorada técnicamente por los servicios de prevención, elaborará y tendrá actualizado en todo momento:
a) Evaluación de riesgos del centro de trabajo.
b) Plan general de prevención.
c) Planificación anual de la prevención.
Artículo 40. Vigilancia de la salud.
La empresa garantizará a los trabajadores la vigilancia periódica de su estado de salud en
función de los riesgos inherentes al trabajo, en los términos previstos en el Artículo 22 de la
ley de Prevención de Riesgos Laborales.
La información que se obtenga respetará en todo momento el derecho a la intimidad y a la
dignidad de la persona.
Los reconocimientos médicos deberán ser específicos y adecuarse al puesto de trabajo desempeñado.
Estos reconocimientos serán de periodicidad máxima anual.