Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023063055)
Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Ba Glass Spain, SAU, en Villafranca de los Barros".
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NÚMERO 166
Martes 29 de agosto de 2023
48387
Artículo 16. Abono del salario.
El pago de la nómina se hará efectiva entre los dos últimos días del mes que se liquida y los
dos primeros días del mes siguiente, en la entidad bancaria elegida por el trabajador y oportunamente comunicada a la empresa.
CAPÍTULO IV
Del tiempo de prestación del trabajo
Artículo 17. Jornada anual.
La jornada diaria de trabajo será, con carácter general, de 8 horas diarias, siendo la jornada
anual de 1.752 horas anuales.
El cómputo de la jornada de trabajo se realizará de modo que tanto al comienzo como al final
de la jornada diaria el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo.
Anualmente se elaborará por la empresa y el comité de empresa el calendario laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible del centro de trabajo.
Salvo situaciones de carácter excepcional, entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente mediarán como mínimo doce horas.
Artículo 18. Tipos de jornada.
El centro de trabajo tiene implantados los sistemas de distribución de la jornada anual de
trabajo que se indican seguidamente.
18.1. Jornada ordinaria o de día.
Es la que se desarrolla de lunes a viernes en horario partido de mañana y tarde, todo
ello a razón de un total de 40 horas semanales, con carácter general.
Los horarios podrán sufrir modificaciones para cada año de vigencia como consecuencia
de la confección del calendario anual correspondiente.
18.2. Jornada a turnos rotativos continuos y discontinuos.
Se considera turno rotativo el método de organización del trabajo con arreglo al cual diferentes equipos de trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo
según un determinado ritmo.
Martes 29 de agosto de 2023
48387
Artículo 16. Abono del salario.
El pago de la nómina se hará efectiva entre los dos últimos días del mes que se liquida y los
dos primeros días del mes siguiente, en la entidad bancaria elegida por el trabajador y oportunamente comunicada a la empresa.
CAPÍTULO IV
Del tiempo de prestación del trabajo
Artículo 17. Jornada anual.
La jornada diaria de trabajo será, con carácter general, de 8 horas diarias, siendo la jornada
anual de 1.752 horas anuales.
El cómputo de la jornada de trabajo se realizará de modo que tanto al comienzo como al final
de la jornada diaria el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo.
Anualmente se elaborará por la empresa y el comité de empresa el calendario laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible del centro de trabajo.
Salvo situaciones de carácter excepcional, entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente mediarán como mínimo doce horas.
Artículo 18. Tipos de jornada.
El centro de trabajo tiene implantados los sistemas de distribución de la jornada anual de
trabajo que se indican seguidamente.
18.1. Jornada ordinaria o de día.
Es la que se desarrolla de lunes a viernes en horario partido de mañana y tarde, todo
ello a razón de un total de 40 horas semanales, con carácter general.
Los horarios podrán sufrir modificaciones para cada año de vigencia como consecuencia
de la confección del calendario anual correspondiente.
18.2. Jornada a turnos rotativos continuos y discontinuos.
Se considera turno rotativo el método de organización del trabajo con arreglo al cual diferentes equipos de trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo
según un determinado ritmo.