Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063041)
Resolución de 16 de agosto de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "ARCO I" e infraestructura de evacuación, a realizar en los términos municipales de Cáceres, Casar de Cáceres y Malpartida de Cáceres, cuyo promotor es Gandasolar 16, SL. Expte.: IA22/0397.
87 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 164
Viernes 25 de agosto de 2023
48173
• La época y el procedimiento para la ejecución de la obra se ajustarán a las que le sean
aplicables en función de los usos y aprovechamientos que puedan verse afectados,
por lo indicado en el Informe de Impacto Ambiental, por la existencia de riesgo de
peligro de incendios, o por autorizaciones de otra índole.
• El promotor será responsable de los daños y perjuicios que, por deficiencia en las
obras, negligencia del personal a su servicio u otras circunstancias a él imputables, se
ocasionen al entorno natural.
• Durante la ejecución de los trabajos deberán adoptarse las medidas preventivas recogidas en el Plan PREIFEX.
— Con fecha de 17 de febrero de 2023, el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres remite
informe técnico sobre el proyecto de planta solar fotovoltaica “ARCO I”. En dicho informe
indica que, examinada la documentación presentada y en base a la normativa aplicable, el uso para planta fotovoltaica resulta compatible en suelo no urbanizable común.
En cuanto al suelo No Urbanizable Protección de Carreteras, la compatibilidad para el
uso se atendrá a las determinaciones del órgano titular de la vía. Por último, en suelo
no Urbanizable Protección Arqueológica, la compatibilidad para el uso para planta fotovoltaica será admisible con el informe favorable del órgano competente en materia de
patrimonio.
— Con fecha de 12 de abril de 2023, el Ayuntamiento del Casar de Cáceres remite certificado de exposición pública del estudio de impacto ambiental e informe técnico. En el
informe técnico informan que, examinada la documentación aportada y la normativa
aplicable, concluyen que no alegan nada respecto de las afecciones del proyecto a materias de su competencia, ni al contenido del estudio de impacto ambiental del proyecto,
así como que la actuación no es incompatible con la normativa urbanística de aplicación.
— Con fecha de 9 de mayo de 2023, el Ayuntamiento de Cáceres remite certificado de exposición pública del estudio de impacto ambiental e informe urbanístico. En el informe
urbanístico emitido informan que, respecto del estudio de impacto ambiental, el trazado
definitivo de la línea de evacuación en sus tramos aéreo y subterráneo deben considerar
la afección a las protecciones de los suelos establecidas por el planeamiento municipal
de Cáceres. Además, se deberán considerar proyectos en tramitación que afecten al
mismo territorio en relación con los posibles efectos significativos directos o indirectos
y acumulativos.
En cuanto a la compatibilidad urbanística, informan sobre la afección de la línea de evacuación. A este respecto, indican que el trazado aéreo discurre por suelo no urbanizable
Viernes 25 de agosto de 2023
48173
• La época y el procedimiento para la ejecución de la obra se ajustarán a las que le sean
aplicables en función de los usos y aprovechamientos que puedan verse afectados,
por lo indicado en el Informe de Impacto Ambiental, por la existencia de riesgo de
peligro de incendios, o por autorizaciones de otra índole.
• El promotor será responsable de los daños y perjuicios que, por deficiencia en las
obras, negligencia del personal a su servicio u otras circunstancias a él imputables, se
ocasionen al entorno natural.
• Durante la ejecución de los trabajos deberán adoptarse las medidas preventivas recogidas en el Plan PREIFEX.
— Con fecha de 17 de febrero de 2023, el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres remite
informe técnico sobre el proyecto de planta solar fotovoltaica “ARCO I”. En dicho informe
indica que, examinada la documentación presentada y en base a la normativa aplicable, el uso para planta fotovoltaica resulta compatible en suelo no urbanizable común.
En cuanto al suelo No Urbanizable Protección de Carreteras, la compatibilidad para el
uso se atendrá a las determinaciones del órgano titular de la vía. Por último, en suelo
no Urbanizable Protección Arqueológica, la compatibilidad para el uso para planta fotovoltaica será admisible con el informe favorable del órgano competente en materia de
patrimonio.
— Con fecha de 12 de abril de 2023, el Ayuntamiento del Casar de Cáceres remite certificado de exposición pública del estudio de impacto ambiental e informe técnico. En el
informe técnico informan que, examinada la documentación aportada y la normativa
aplicable, concluyen que no alegan nada respecto de las afecciones del proyecto a materias de su competencia, ni al contenido del estudio de impacto ambiental del proyecto,
así como que la actuación no es incompatible con la normativa urbanística de aplicación.
— Con fecha de 9 de mayo de 2023, el Ayuntamiento de Cáceres remite certificado de exposición pública del estudio de impacto ambiental e informe urbanístico. En el informe
urbanístico emitido informan que, respecto del estudio de impacto ambiental, el trazado
definitivo de la línea de evacuación en sus tramos aéreo y subterráneo deben considerar
la afección a las protecciones de los suelos establecidas por el planeamiento municipal
de Cáceres. Además, se deberán considerar proyectos en tramitación que afecten al
mismo territorio en relación con los posibles efectos significativos directos o indirectos
y acumulativos.
En cuanto a la compatibilidad urbanística, informan sobre la afección de la línea de evacuación. A este respecto, indican que el trazado aéreo discurre por suelo no urbanizable