Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063041)
Resolución de 16 de agosto de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "ARCO I" e infraestructura de evacuación, a realizar en los términos municipales de Cáceres, Casar de Cáceres y Malpartida de Cáceres, cuyo promotor es Gandasolar 16, SL. Expte.: IA22/0397.
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NÚMERO 164
Viernes 25 de agosto de 2023



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6. Siempre que sea posible, se utilizarán los accesos existentes para la realización de los
trabajos, minimizando la entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales. Para la ubicación de parques temporales de maquinaria u
otras ocupaciones temporales durante la obra, se evitará generar explanaciones fuera de la traza y se respetarán las zonas adyacentes bien conservadas seleccionando
preferentemente áreas degradadas. En cualquier caso, se procederá a la restitución
morfológica y descompactación de los terrenos afectados mediante el aporte de tierra
vegetal, previamente apartada y acopiada en las fases iniciales de obra.



7. E
 n las fases tanto de obra como de uso, no podrán utilizarse productos fitosanitarios
como herbicidas para el control de la vegetación espontanea de las cunetas, por el
riesgo de contaminación de las aguas, de propagación de especies invasoras (Conyza
sp.), y afecciones a la fauna, y ya que existen métodos alternativos eficaces (desbroce mecánico con motodesbrozadoras, brazo acoplado a tractor, etc.).



8. Se deberá proceder a la retirada de cualquier tipo de residuo no biodegradable generado por la maquinaria u operarios, los cuales serán gestionados según las disposiciones establecidas en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.



9. Se deberá prestar atención a no ocasionar molestias a la fauna presente en la zona,
teniendo especial cuidado en el caso de especies catalogadas y durante las épocas
de reproducción y cría de la avifauna, respetando siempre las distancias de seguridad pertinentes y cualquier indicación que realice la coordinación de los agentes de
la Unidad Territorial de Vigilancia número 8 (coordinacionutv8@juntaex.es). No se
molestará a la fauna con ruidos excesivos.



10. Se cumplirá con las prescripciones referentes al diseño y medidas establecidas en
el artículo 6 “Medidas de prevención contra la electrocución” y artículo 7 “Medidas
de prevención contra la colisión” del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por
el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y
la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.



11. El diseño de los apoyos de la línea aérea de doble circuito será en dos alturas de
capas de conductores cable de tierra incluido.



12. La línea se señalizará mediante aspas giratorias luminiscentes colocadas de forma
alterna en dos planos, en los conductores incluyendo el cable de tierra. Del total de
aspas giratorias, un 50% serán luminosas y de éstas el 90% serán de luz UV y el
10% serán de luz blanca.