Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063041)
Resolución de 16 de agosto de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "ARCO I" e infraestructura de evacuación, a realizar en los términos municipales de Cáceres, Casar de Cáceres y Malpartida de Cáceres, cuyo promotor es Gandasolar 16, SL. Expte.: IA22/0397.
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NÚMERO 164
Viernes 25 de agosto de 2023
48162
Dado que la superficie de la planta fotovoltaica no afecta a hábitats de interés comunitario, ni
a taxones protegidos, los potenciales efectos sobre taxones elementos clave de los espacios
protegidos colindantes, lo constituyen la instalación de la línea de evacuación, solventado
en gran medida por el soterramiento de los tramos más críticos para la preservación de la
avifauna. Por lo tanto, no se prevé que la ejecución del proyecto ISF “Arco I” pueda afectar
de forma apreciable al estado de conservación de los valores ambientales del entorno, ni a la
integridad misma de la Red Natura 2000, siendo compatible con la aplicación de los planes
de conservación y recuperación de especies, vigentes en el momento de la ejecución.
Este Servicio informa favorablemente la Instalación solar fotovoltaica denominada “Arco I”,
ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red
Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos,
siempre que se cumplan las medidas indicadas:
• Medidas preventivas:
1. Antes de comenzar los trabajos se contactará con la coordinación de los agentes de
la Unidad Territorial de Vigilancia número 8 (coordinacionutv8@juntaex.es) para el
asesoramiento y para una correcta realización de los mismos.
2. Los trabajos de construcción no se realizarán entre el marzo y el 31 de julio por ser
los meses de mayor sensibilidad para la comunidad reproductora de cigüeña negra y
cernícalo primilla.
3. Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto
37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por los
mismos, se estará a lo dispuesto por la coordinación de los agentes de la Unidad
Territorial de Vigilancia número 8 (coordinacionutv8@juntaex.es) y/o el personal
técnico de la Dirección General en materia de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, previa comunicación de tal circunstancia.
4. Se gestionará adecuadamente la tierra vegetal para su uso posterior en las tareas
de restauración de las superficies alteradas, especialmente en zanjas o si se generan
taludes o cúmulos de tierra. Estas actuaciones se llevarán a cabo paralelamente a la
fase de construcción.
5. No se realizarán movimientos de tierras no contemplados en la documentación ambiental presentada. No se retirará tierra vegetal ni se harán decapados, nivelaciones
ni compactaciones fuera de las zonas que vayan a ser ocupadas realmente por las
instalaciones.
Viernes 25 de agosto de 2023
48162
Dado que la superficie de la planta fotovoltaica no afecta a hábitats de interés comunitario, ni
a taxones protegidos, los potenciales efectos sobre taxones elementos clave de los espacios
protegidos colindantes, lo constituyen la instalación de la línea de evacuación, solventado
en gran medida por el soterramiento de los tramos más críticos para la preservación de la
avifauna. Por lo tanto, no se prevé que la ejecución del proyecto ISF “Arco I” pueda afectar
de forma apreciable al estado de conservación de los valores ambientales del entorno, ni a la
integridad misma de la Red Natura 2000, siendo compatible con la aplicación de los planes
de conservación y recuperación de especies, vigentes en el momento de la ejecución.
Este Servicio informa favorablemente la Instalación solar fotovoltaica denominada “Arco I”,
ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red
Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos,
siempre que se cumplan las medidas indicadas:
• Medidas preventivas:
1. Antes de comenzar los trabajos se contactará con la coordinación de los agentes de
la Unidad Territorial de Vigilancia número 8 (coordinacionutv8@juntaex.es) para el
asesoramiento y para una correcta realización de los mismos.
2. Los trabajos de construcción no se realizarán entre el marzo y el 31 de julio por ser
los meses de mayor sensibilidad para la comunidad reproductora de cigüeña negra y
cernícalo primilla.
3. Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto
37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por los
mismos, se estará a lo dispuesto por la coordinación de los agentes de la Unidad
Territorial de Vigilancia número 8 (coordinacionutv8@juntaex.es) y/o el personal
técnico de la Dirección General en materia de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, previa comunicación de tal circunstancia.
4. Se gestionará adecuadamente la tierra vegetal para su uso posterior en las tareas
de restauración de las superficies alteradas, especialmente en zanjas o si se generan
taludes o cúmulos de tierra. Estas actuaciones se llevarán a cabo paralelamente a la
fase de construcción.
5. No se realizarán movimientos de tierras no contemplados en la documentación ambiental presentada. No se retirará tierra vegetal ni se harán decapados, nivelaciones
ni compactaciones fuera de las zonas que vayan a ser ocupadas realmente por las
instalaciones.