Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062842)
Resolución de 13 de julio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación n.º 3 del Plan Territorial del Área de Influencia del Embalse de Alqueva. Expte.: IA22/1167.
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NÚMERO 141
Lunes 24 de julio de 2023

44983

dad “Río Alcarrache”. Además de los citados espacios la superficie contiene gran diversidad
de hábitats cuyo estado de conservación determinan la pluralidad de taxones reflejados
en el inventario que aparece en el informe emitido por el Servicio de Conservación de la
Naturaleza y Áreas Protegidas. Ese Servicio ha indicado que las modificaciones específicas
incluidas en la modificación n.º 3 del PTAIEA, no afectan al estado de conservación de los
espacios Red Natura 2000, ni de otros lugares de la Red de Espacios Protegidos de Extremadura, ni se prevé que pueda afectar de forma apreciable a sus valores ambientales. Las
actuaciones más susceptibles de producir una potencial afectación a los valores naturales
o espacios protegidos quedan ampliamente reguladas por los regímenes de protección
especial que, a su vez, establecen medidas que permiten la conservación de los espacios
con mayor valor ambiental y ecológico. Por otra parte, la aplicación de las adaptaciones
genéricas propuestas como “Identificación de los asentamientos en suelo rústico”, “Evaluación de la sostenibilidad del modelo territorial”, “Planes de Suelo Rústico” y “Programa
de seguimiento”, pueden suponer una mejora directa e indirecta en la gestión, protección
y conservación de los valores ambientales del entorno, y por tanto, contribuir al establecimiento y consolidación de los principios de la RN 2000 y los taxones recogidos en la Ley
42/2007, y cumplimiento con lo establecido en los artículos 2 y 46.4 de la misma. Por
tanto, ese Servicio ha informado favorablemente modificación del Plan Territorial del Área
de Influencia del Embalse de Alqueva, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas
indicadas.
En cuanto a la afección al dominio público forestal, en el ámbito de aplicación del Plan Territorial no existe ningún monte declarado de Utilidad Pública. En cuanto a la identificación
de otros montes de dominio público por tener la consideración de monte comunal se localizan los montes “La Cobaná” en Alconchel, “Bienes comunales” en Villanueva del Fresno,
“Dehesa Boyal” en Cheles y “El Ejido”. No existe ningún monte declarado como “protector”,
si bien en el informe del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal se indica que la equivalencia de usos entre las antiguas categorías de suelo no urbanizable y las actuales de
suelo rústico, es similar consistiendo básicamente en una simplificación de las categorías
anteriores. En base a ello y con las consideraciones expuestas informa favorablemente la
modificación del Plan Territorial.
En cuanto al Patrimonio Cultural, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, indica que no se aprecia obstáculo para la tramitación del expediente, por no
resultar afectado, directamente, ningún bien integrante del Patrimonio Histórico y Cultural
de Extremadura, de acuerdo a los Registros e Inventarios de esa Consejería.
Desde la Sección de Vías Pecuarias se comprueba que la modificación no afecta a ninguna
de las vías pecuarias clasificadas en el ámbito. Asimismo desde el Servicio de Regadíos se