Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062600)
Resolución de 29 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura (FUNDESALUD), por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo del Programa de Formación en Ciencias de la Salud.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 130
Viernes 7 de julio de 2023

42586

— Conservar durante un plazo de cuatro años, a contar desde la finalización de la vigencia
de este convenio, toda la información y documentos justificativos del empleo de la cantidad transferida.
— Devolver las cantidades no destinadas al objeto del convenio o no justificadas de conformidad con la cláusula séptima.
Por su parte, le corresponde a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través de la
Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias las siguientes obligaciones:
— Supervisar el programa desarrollado por FUNDESALUD.
— Transferir el importe de setenta y dos mil quinientos treinta y seis euros (72.536 €) a
FUNDESALUD de conformidad con la cláusula siguiente.
El anexo de gastos de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023 recoge un importe de 72.536 €, con cargo a la aplicación presupuestaria y
fuente de financiación 110020000/G/211B/44000/CAG0000001/20190020 destinado a la financiación del Programa Formación en Ciencias de la Salud por parte de la Fundación para la
Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura (FUNDESALUD).
Tercera. Forma de pago y justificación de la aportación dineraria.
Como requisito previo para la realización de los pagos previstos en esta cláusula, FUNDESALUD deberá acreditar que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Extremadura, con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y con
la Tesorería General de la Seguridad Social.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, la
forma de pago de la transferencia específica que se formaliza en este convenio deberá ajustarse al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería.
De este modo, el Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos, establece en su artículo 3.2.c) que las órdenes de pago se librarán con carácter general trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario, para su abono
dentro del primer mes de cada trimestre. Sin embargo, la fecha de suscripción del convenio
impide la aplicación de la regla general prevista en ese decreto, lo que motiva que el abono
y justificación del importe de la transferencia específica, se realice en tres pagos de acuerdo
con lo señalado a continuación:
a) Un primer pago a la firma del convenio, por un importe de 36.268, 00 €, correspondiente al 50% del importe total de la transferencia.