Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062600)
Resolución de 29 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura (FUNDESALUD), por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo del Programa de Formación en Ciencias de la Salud.
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NÚMERO 130

42585

Viernes 7 de julio de 2023

En virtud de lo anterior, ambas partes acuerdan libremente suscribir el presente convenio con
arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y actuaciones a realizar.
Este convenio tiene por objeto formalizar una transferencia específica para el desarrollo del
programa denominado:
— Mejora de la formación online de los y las profesionales del Sistema Sanitario Público de
Extremadura.
Con el este programa, se pretende mejorar el acceso a la formación de profesionales sanitarios y sociosanitarios, mediante el diseño y desarrollo de herramientas que faciliten
la formación continuada y la formación sanitaria especializada en ciencias de la salud
online, en el Sistema Sanitario Público de Extremadura. Trata de favorecer el cambio
hacia una metodología docente enmarcada en la calidad y accesibilidad de la formación
online.
En el anexo del convenio, quedan detalladas las actuaciones concretas a desarrollar para
la consecución de los objetivos específicos del programa.
Segunda. Obligaciones de las partes.
En el marco de este convenio, corresponde a FUNDESALUD el cumplimiento de las siguientes
obligaciones:
— Organizar, gestionar y ejecutar el programa referido en la cláusula anterior, con la colaboración de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
— Destinar el importe de la transferencia específica al desarrollo del programa descrito en
el convenio.
— Realizar la justificación del cumplimiento del programa y de los gastos y pagos en los
términos previstos en la cláusula siguiente.
— Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, la Intervención General de la Junta de Extremadura u otros
órganos de control competentes para ello, debiendo aportar cuanta información y documentación le sea requerida.