Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062590)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 69,377 hectáreas de viñedo", ubicado en las parcelas 11 y 15 del polígono 97 y las parcelas 2 y 45 del polígono 96, del término municipal de Badajoz (Badajoz), cuyos promotores son D. Juan Manuel y D.ª M.ª Francisca Santiago Becerra. Expte.: IA21/1471.
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NÚMERO 130
Viernes 7 de julio de 2023
42694
No obstante, no existe afección a hábitats de la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre según manifiesta el
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas.
3.3.6. Paisaje.
Dado que la transformación se encuentra ejecutada, y las parcelas del entorno tienen
usos similares, el paisaje no ha sufrido una grave afección. El tipo de cultivo, viñedo,
es tradicional en la zona. Mediante la correcta aplicación de las medidas protectoras
propuestas, se considera que la afección paisajística será compatible.
La actuación, en cualquier caso, no implicará la corta o eliminación de arbolado autóctono o el soterramiento de vegetación ribereña palustre.
3.3.7. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se vería afectada por la emisión de partículas y polvo derivadas de
los trabajos ejecutados (movimientos de tierras, transporte y carga de materiales,
etc.), por gases derivados de la combustión y compuestos orgánicos volátiles derivados
del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento de los niveles sonoros.
Dado que las obras se encuentran ejecutadas esta afección actualmente no existe.
Durante la fase de funcionamiento, los elementos que pueden originar ruidos y emisiones de partículas serán los procedentes de la maquinaria que realice las labores culturales del cultivo y el funcionamiento de los equipos de bombeo, teniendo estos una baja
incidencia sobre el entorno al encontrarse ubicados en el interior de construcciones, no
obstante, se prevén medidas de mitigación de ruidos y vibraciones.
3.3.8. Patrimonio arqueológico.
Dada gran la amplitud de la explotación agraria, más de 69 hectáreas, la colindancia de
las parcelas con la “Zona de Protección de la Batalla de La Albuera” (YAC28705) y de
cara a caracterizar posibles afecciones del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no
detectado en superficie que pudiera verse afectado durante el transcurso de las obras,
deberán cumplirse las medidas indicadas por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural que han sido incorporadas al condicionado de este informe.
3.3.9. Infraestructuras y bienes materiales.
Con relación a las posibles vías pecuarias existentes en el territorio de realización del
proyecto, no coincide el trazado de ninguna con los límites de las actuaciones proyectadas. Igualmente, no se prevé ninguna afección a montes de utilidad pública.
Viernes 7 de julio de 2023
42694
No obstante, no existe afección a hábitats de la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre según manifiesta el
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas.
3.3.6. Paisaje.
Dado que la transformación se encuentra ejecutada, y las parcelas del entorno tienen
usos similares, el paisaje no ha sufrido una grave afección. El tipo de cultivo, viñedo,
es tradicional en la zona. Mediante la correcta aplicación de las medidas protectoras
propuestas, se considera que la afección paisajística será compatible.
La actuación, en cualquier caso, no implicará la corta o eliminación de arbolado autóctono o el soterramiento de vegetación ribereña palustre.
3.3.7. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se vería afectada por la emisión de partículas y polvo derivadas de
los trabajos ejecutados (movimientos de tierras, transporte y carga de materiales,
etc.), por gases derivados de la combustión y compuestos orgánicos volátiles derivados
del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento de los niveles sonoros.
Dado que las obras se encuentran ejecutadas esta afección actualmente no existe.
Durante la fase de funcionamiento, los elementos que pueden originar ruidos y emisiones de partículas serán los procedentes de la maquinaria que realice las labores culturales del cultivo y el funcionamiento de los equipos de bombeo, teniendo estos una baja
incidencia sobre el entorno al encontrarse ubicados en el interior de construcciones, no
obstante, se prevén medidas de mitigación de ruidos y vibraciones.
3.3.8. Patrimonio arqueológico.
Dada gran la amplitud de la explotación agraria, más de 69 hectáreas, la colindancia de
las parcelas con la “Zona de Protección de la Batalla de La Albuera” (YAC28705) y de
cara a caracterizar posibles afecciones del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no
detectado en superficie que pudiera verse afectado durante el transcurso de las obras,
deberán cumplirse las medidas indicadas por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural que han sido incorporadas al condicionado de este informe.
3.3.9. Infraestructuras y bienes materiales.
Con relación a las posibles vías pecuarias existentes en el territorio de realización del
proyecto, no coincide el trazado de ninguna con los límites de las actuaciones proyectadas. Igualmente, no se prevé ninguna afección a montes de utilidad pública.