Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062590)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 69,377 hectáreas de viñedo", ubicado en las parcelas 11 y 15 del polígono 97 y las parcelas 2 y 45 del polígono 96, del término municipal de Badajoz (Badajoz), cuyos promotores son D. Juan Manuel y D.ª M.ª Francisca Santiago Becerra. Expte.: IA21/1471.
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NÚMERO 130
Viernes 7 de julio de 2023

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te como consecuencia de la utilización de productos agroquímicos que pudieran derivarse de fenómenos de contaminación difusa generada por posibles retornos de riego.


3.3.4. Fauna.

En cuanto al factor fauna, como se ha indicado anteriormente, la explotación limita
con parcelas con presencia de especies aguilucho lagunero (Circus aeroginosus), cernícalo primilla (Falco naumanni), avutarda (Otis tarda). Habiéndose tenido en cuenta
lo establecido en el Plan de Conservación del Hábitat del Águila perdicera (Hieraaetus
fasciatus), así como en el Plan de Manejo de la Grulla Común (Grus grus).
A este respecto, el informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y
Áreas Protegidas, indica que, la finca está en el área de distribución del águila perdicera
según su plan de conservación del hábitat. Sin embargo, no existe sustrato de nidificación adecuado en el entorno más próximo. También se localiza en el Sector Badajoz
Sur del Plan de Manejo de la Grulla Común, aun así, no hay datos de presencia de esta
especie. Hay datos de presencia de especies protegidas en el entorno. Sin embargo,
no se espera que la implantación del riego suponga una afección para estas especies
puesto que las parcelas de regadío en áreas esteparias generan zonas de alimentación
óptimas para estas especies en el periodo seco.
En cuanto a otros impactos generados (molestias por ruidos, emisión de polvo, circulación de maquinaria y vehículos, posibles vertidos), podrán ser mitigados y considerados
compatibles siempre y cuando se cumplan las medidas establecidas al efecto tanto en
el presente informe, así como las indicadas en el documento ambiental.


3.3.5. Vegetación y hábitats naturales.

Como ya se ha apuntado anteriormente, no se tiene constancia de vegetación natural en
la zona de actuación, tampoco forma parte de hábitats naturales. Se trata de una superficie puramente agrícola. Se propondrán medidas para la protección de los linderos.
Por otro lado, la utilización de productos agroquímicos en la fase de funcionamiento
del proyecto puede provocar un impacto sobre la vegetación de parcelas adyacentes,
mitigable mediante la aplicación de las recomendaciones y medidas establecidas en los
códigos de buenas prácticas agrarias.
La propuesta de medidas preventivas referentes a la vegetación en las zonas de servidumbre y/o policía de cauces y las medidas de preservación de las lindes naturales
todas ellas recogidas en el presente informe, así como las indicadas en el documento
ambiental, hacen compatible la ejecución del proyecto respecto a la vegetación y los
hábitats naturales.