Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062590)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 69,377 hectáreas de viñedo", ubicado en las parcelas 11 y 15 del polígono 97 y las parcelas 2 y 45 del polígono 96, del término municipal de Badajoz (Badajoz), cuyos promotores son D. Juan Manuel y D.ª M.ª Francisca Santiago Becerra. Expte.: IA21/1471.
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NÚMERO 130
Viernes 7 de julio de 2023



42690

— Alternativa 1. Viñedo en regadío por surco o gravedad. Aumenta los rendimientos de
la explotación con un mayor beneficio del cultivo.



— Alternativa 2. Viñedo en riego localizado. Esta alternativa hará que disminuyan los
costes de instalación (con respecto a la alternativa 1), con un mayor aprovechamiento del agua mejorando el rendimiento del viñedo.

Se elije la Alternativa 2 siendo la que mejor compatibiliza la adaptación a la agricultura
actual con el mantenimiento o menor impacto sobre los valores ambientales del entorno.
3.3. Características del potencial impacto.


3.3.1. Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.

La zona de actuación se localiza fuera de la Red Natura 2000 y de otras Áreas Protegidas. La ZEPA “Llanos y Complejo Lagunar de la Albuera” se encuentra a unos 250 m al
norte de la zona de actuación y la ZEC “Rivera de los Limonetes - Nogales” a unos 2,5
km al este de la misma.
Asimismo, según el informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza
y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad (CN22/8527) la actividad
solicitada, no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la
Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas que se incluirán en el presente informe.


3.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.

Como ya se ha indicado en el presente informe, parte de la superficie de riego se ubica
en zona de policía del río Rivillas, que constituye el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio. Se incorporan al presente informe las obligaciones y
medidas indicadas en el informe emitido por la Confederación Hidrográfica del Guadiana
relativas a estos aspectos.
Las captaciones del recurso se sitúan sobre la masa de agua subterráneas Tierra de
Barros, definida en el apéndice 4 de disposiciones normativas del Plan Hidrológico de la
parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana.
Según el documento ambiental aportado, el consumo anual total de agua para el cultivo
es 89.934,72 m³, coincidiendo con el volumen solicitado al órgano de cuenca, según el
informe de Confederación Hidrográfica del Guadiana. La Oficina de Planificación Hidrológica del citado organismo informa que la solicitud es compatible con el Plan Hidrológico