Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062531)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se instrumenta la concesión de una subvención por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a Cáritas Diocesana de Mérida-Badajoz destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 128
Miércoles 5 de julio de 2023

41513

Séptima. Compatibilidad de la subvención.
La subvención otorgada no será compatible con la obtención de cualesquiera otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de
cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea
o de organismos internacionales, dado que el coste total del proyecto es financiado por la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales con cargo a la presente subvención, y conforme
se dispone en la cláusula undécima del Convenio de 27 de enero de 2022. Deberá quedar, en
todo caso, identificada nítidamente la trazabilidad de los gastos.
Octava. Modificación del Convenio.
1. T
 oda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención
y, en todo caso, la obtención concurrente de otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes
públicos, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, podrá dar
lugar a la modificación del convenio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18.4 de la
Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, salvo cuando afecten
a cualesquiera de las obligaciones recogidas en la normativa europea y nacional aplicable.
La modificación del convenio deberá formalizarse con una adenda firmada por ambas
partes.
2. C
 áritas Diocesana de Mérida-Badajoz podrá solicitar, con carácter excepcional, modificaciones
del proyecto subvencionado basadas en la aparición de circunstancias que alteren o
dificulten el desarrollo del proyecto, o que afecten a la forma y plazos de ejecución o de
justificación de los gastos del proyecto, o al presupuesto de gastos del proyecto, y podrán
ser autorizadas siempre que no dañen derechos de tercero.
Las solicitudes de modificación deberán fundamentar suficientemente dicha alteración
o dificultad y presentarse, ante la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y
Familias, con anterioridad, en todo caso, al momento en que finalice el plazo de ejecución
del proyecto.
La comunicación de las modificaciones se presentarán en el Registro Electrónico de la Junta
de Extremadura, disponible en la sede electrónica de la misma
(https://sede.gobex.es/SEDE), de acuerdo con el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de
régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura,