Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062509)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a la Fundación Secretariado Gitano (FSG) para la Financiación del Programa de Inserción Sociolaboral "Puerta de Empleo para la Comunidad Gitana Extremeña. 2023-2024", cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus.
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NÚMERO 127
Martes 4 de julio de 2023
41314
público de servicios sociales en los términos y con los requisitos regulados en la propia ley
con objeto de promover el bienestar social y contribuir al pleno desarrollo de las personas y
la justicia social.
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales es el órgano administrativo de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura al que le corresponde en virtud del Decreto del
Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las competencias en materia de servicios sociales. Asimismo, en virtud del Decreto
163/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Sanidad y Servicios Sociales y se modifica el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que
se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a
la Dependencia, corresponde a la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias
las funciones de la planificación, el desarrollo, la coordinación y el control de la ejecución de
las políticas en materia de programas y prestaciones en materia de política social, con especial dedicación a la lucha contra la pobreza y exclusión social.
Segundo. La Fundación Secretariado Gitano es una entidad sin ánimo de lucro, de ámbito
estatal, cuyo fin fundamental es la promoción integral de la comunidad gitana desde el reconocimiento y apoyo a su identidad cultural. De ahí que, la Fundación desarrolle todo tipo de
acciones que contribuyan a alcanzar la plena ciudadanía de las personas gitanas, a mejorar
sus condiciones de vida, a promover la igualdad de trato y a evitar toda forma de discriminación, así como a promover el reconocimiento de la identidad cultural de la comunidad gitana.
Tercero. En Extremadura, la población gitana, formada por unas 15.000 personas según diferentes informes y estudios de las organizaciones sociales y de las Administraciones públicas,
constituye un grupo de especial vulnerabilidad social. Parte de esta población se encuentra
en situación o riesgo de exclusión social. A ello contribuyen de manera especial el nivel de
formación y las dificultades de incorporación al mercado laboral de las personas gitanas en
Extremadura, contando incluso en la situación actual, con mayor tasa de desempleo que la
población en general. Esta necesidad es la que impone el reto de mejorar esta situación, como
instrumento generador de oportunidades, y avanzar hacia la inclusión social de la comunidad
gitana.
Por tanto, el empleo es hoy en día uno de los aspectos clave para garantizar la igualdad de
oportunidades y el desarrollo pleno de la ciudadanía.
El artículo 4 de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura establece como una de las finalidades del Sistema Público de Servicios Sociales garantizar a toda
Martes 4 de julio de 2023
41314
público de servicios sociales en los términos y con los requisitos regulados en la propia ley
con objeto de promover el bienestar social y contribuir al pleno desarrollo de las personas y
la justicia social.
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales es el órgano administrativo de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura al que le corresponde en virtud del Decreto del
Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las competencias en materia de servicios sociales. Asimismo, en virtud del Decreto
163/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Sanidad y Servicios Sociales y se modifica el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que
se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a
la Dependencia, corresponde a la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias
las funciones de la planificación, el desarrollo, la coordinación y el control de la ejecución de
las políticas en materia de programas y prestaciones en materia de política social, con especial dedicación a la lucha contra la pobreza y exclusión social.
Segundo. La Fundación Secretariado Gitano es una entidad sin ánimo de lucro, de ámbito
estatal, cuyo fin fundamental es la promoción integral de la comunidad gitana desde el reconocimiento y apoyo a su identidad cultural. De ahí que, la Fundación desarrolle todo tipo de
acciones que contribuyan a alcanzar la plena ciudadanía de las personas gitanas, a mejorar
sus condiciones de vida, a promover la igualdad de trato y a evitar toda forma de discriminación, así como a promover el reconocimiento de la identidad cultural de la comunidad gitana.
Tercero. En Extremadura, la población gitana, formada por unas 15.000 personas según diferentes informes y estudios de las organizaciones sociales y de las Administraciones públicas,
constituye un grupo de especial vulnerabilidad social. Parte de esta población se encuentra
en situación o riesgo de exclusión social. A ello contribuyen de manera especial el nivel de
formación y las dificultades de incorporación al mercado laboral de las personas gitanas en
Extremadura, contando incluso en la situación actual, con mayor tasa de desempleo que la
población en general. Esta necesidad es la que impone el reto de mejorar esta situación, como
instrumento generador de oportunidades, y avanzar hacia la inclusión social de la comunidad
gitana.
Por tanto, el empleo es hoy en día uno de los aspectos clave para garantizar la igualdad de
oportunidades y el desarrollo pleno de la ciudadanía.
El artículo 4 de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura establece como una de las finalidades del Sistema Público de Servicios Sociales garantizar a toda