Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062509)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a la Fundación Secretariado Gitano (FSG) para la Financiación del Programa de Inserción Sociolaboral "Puerta de Empleo para la Comunidad Gitana Extremeña. 2023-2024", cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus.
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NÚMERO 127

41313

Martes 4 de julio de 2023

CONVENIO POR EL QUE SE INSTRUMENTA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA
SUBVENCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
DE LA JUNTA DE EXTREMADURA A LA FUNDACIÓN SECRETARIADO
GITANO (FSG) PARA LA FINANCIACIÓN DEL PROGRAMA DE INSERCIÓN
SOCIOLABORAL “PUERTA DE EMPLEO PARA LA COMUNIDAD GITANA
EXTREMEÑA. 2023-2024”, COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO
PLUS.
Mérida, 24 de mayo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, doña Carmen Núñez Cumplido, directora general de Servicios Sociales, Infancia
y Familias de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, cargo
para el que fue nombrada por Decreto 100/2019, de 2 de agosto, (DOE núm. 151, de 6 de
agosto de 2019), actuando en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 9 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
en virtud de delegación de la Secretaría General efectuada mediante Resolución de 29 de
marzo de 2021 (DOE núm. 51, de 6 de abril de 2021), y previa autorización del Consejo de
Gobierno en sesión celebrada el día 17 de mayo de 2023.
Y de otra, don Isidro Juan Rodríguez Hernández, en nombre y representación de Fundación
Secretariado Gitano (FSG), actuando en su condición de Director y, en virtud de los poderes otorgados por la citada fundación, mediante escritura pública otorgada en fecha de 9 de
mayo de 2017 ante Sra. Notario doña Carmen Ana Vázquez Arias, con el número 796 de su
protocolo.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su artículo 9.1.27, atribuye a ésta la
competencia exclusiva en materia de acción social. En particular, la promoción y protección de
los mayores y la prevención, atención e inserción social de los colectivos afectados por cualquier tipo de discapacidad, dependencia o cualesquiera otras circunstancias determinantes de
exclusión social.
En este marco competencial, se aprueba la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales
de Extremadura, que tiene entre su objeto garantizar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura el derecho subjetivo y universal de la ciudadanía de acceso al sistema