Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023062239)
Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la instalación destinada a almacén de residuos no peligrosos (férricos y no férricos y de productos peligrosos (únicamente baterías de plomo), promovida por Metales Moralo 2019, SL, en el término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres).
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NÚMERO 120

39769

Viernes 23 de junio de 2023

RESIDUO

ORIGEN

CÓDIGO LER(1)

CANTIDAD
ANUAL (Tn)

Aluminio

Industriales, construcción

17 04 02

10

Plomo

Industriales, construcción

17 04 03

2

Zinc

Industriales, construcción

17 04 04

1

Metales mezclados

Industriales, construcción

17 04 07

5

Cables distintos

Industriales, construcción

17 04 11

5

Envases de plástico

Industriales, construcción

15 01 02

2

Metales ferrosos

Industriales, construcción

16 01 17

1

Papel y Cartón

Industriales, construcción

03 03 08

1

Baterías de plomo

Industriales

16 06 01*

5

(1) 

LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de
2014.

2. E
 l tratamiento de los residuos indicados en el punto anterior deberá realizarse mediante la
operación de valorización R13 relativa a “almacenamiento de residuos en espera de cualquiera de las operaciones numeradas de R1 a R12 (excluido el almacenamiento temporal,
en espera de recogida, en el lugar donde se produjo el residuo), del anexo II de la Ley
22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. En concreto el tratamiento
que se realiza en esta planta consiste en una recogida, clasificación y selección de residuos
según naturalezas, almacenándolos para su posterior tratamiento y valorización.
3. N
 o se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas en el apartado anterior.
4. L
 a planta está diseñada para tener una capacidad máxima de producción de 318 toneladas/
año.
5. D
 eberá aplicarse un procedimiento de admisión de residuos antes de su recogida. Este
procedimiento deberá permitir, al titular de la instalación, asegurarse de que los residuos
recogidos para su almacenamiento y gestión coinciden con los indicados en a.1 y llevar un registro de los residuos recogidos y almacenados, con el contenido indicado en el
capítulo -g-