Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062442)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Cambio de uso forestal a agrícola y concesión de aguas superficiales del río Cubilar para riego de 14,21 ha de olivar", cuyos promotores son D.ª M.ª Ángeles Peña Enciso y D. Ramón Emilio Peña Enciso, en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.: IA20/0977.
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NÚMERO 120
Viernes 23 de junio de 2023

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la concesión de aguas por parte del órgano de cuenca, el cambio de uso forestal a agrícola y concesión de aguas superficiales para riego por goteo de la superficie solicitada,
y condicionado, asimismo, al cumplimiento de una serie de medidas que se adicionan al
presente informe.
— La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural señala que no se
ha recibido en esa Dirección General, por parte del equipo redactor del proyecto, consultas sobre los posibles valores patrimoniales existentes en el área de afección del
mismo, ni la documentación aportada contiene ninguna valoración y análisis sobre al
patrimonio cultural que pudiera verse afectado por la implantación, no identificando posibles impactos potenciales del proyecto. Sin embargo, consultada la carta arqueológica
de Extremadura se comprueba que en una parcela colindante a la futura explotación
agropecuaria se encuentra documentado el yacimiento denominado “El Rincón II” (YAC
74860). Por ello, y debido a su cercanía con el yacimiento detectado y que está prevista
la realización de zanjas para la implantación del cultivo y del riego, se deberán realizar
actuaciones que permitan valorar, prevenir y corregir los impactos sobre el patrimonio
cultural, incluyendo una medida de estricto cumplimiento que se incorpora al presente
informe.
— El Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio informa que, a efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre ningún instrumento de
ordenación territorial con aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del
Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura, con modificaciones posteriores y Ley
11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, con modificación posterior), ni alguna otra consideración que se pueda aportar
referida a aspectos ambientales. Si bien, actualmente se halla en aprobación inicial, por
resolución de la Consejera de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, de
10 de mayo de 2019, el Plan Territorial de Villuercas-Ibores-Jara (DOE n.º 136, de 16
de julio), ámbito territorial en el que se incluye el término municipal de Logrosán, y que
establecerá una nueva regulación cuando se apruebe definitivamente.
— El Servicio de Regadíos de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural informa
que los caudales y volúmenes a detraer para este riego por goteo son los adecuados y
puesto que dicha superficie afectada no se encuentra ligada a ninguna transformación
oficial en regadío, no se considera alegación alguna a su viabilidad ambiental.
— La Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe respecto a la afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos
de dominio público hidráulico (DPH) y en sus zonas de servidumbre y policía, así como