Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062432)
Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo para las Industrias de la Madera de la provincia de Cáceres.
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NÚMERO 119
Jueves 22 de junio de 2023
39481
El Plan de Prevención de Riesgos Laborales deberá recoger los requisitos pertinentes contemplados en la legislación vigente de aplicación, de tal forma que se ponga de manifiesto:
a) Que la prevención de riesgos laborales se ha integrado en el sistema general de gestión
de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta.
b) Que han sido identificados los peligros y evaluados los riesgos a que se exponen los
trabajadores en el lugar de trabajo, tanto en relación con los equipos de trabajo como
con el entorno del puesto de trabajo.
c) Que la concepción y utilización de los equipos y lugares de trabajo son seguros, de
acuerdo con los principios de la acción preventiva establecidos en el artículo 15 de la
Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
d) Que se ha previsto una adecuada gestión del mantenimiento de los equipos de trabajo
al objeto de que la seguridad no resulte degradada.
e) Que se han integrado en la actividad preventiva las medidas de emergencia y vigilancia de
la salud, previstas en los artículos 20 y 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
f) Que se controlan periódicamente las condiciones, la organización, los métodos de trabajo y el estado de salud de los trabajadores.
g) Que se ha previsto y programado la formación, información, consulta y participación
adecuada del personal, en materia de seguridad y salud.
h) Que se han previsto las medidas necesarias para garantizar la coordinación de actividades empresariales en el centro de trabajo.
En cualquier caso, el Plan deberá registrar todas las incidencias sobre seguridad y salud que se
produzcan en la vida de la empresa, así como los controles periódicos de las condiciones de trabajo
y de la actividad de los trabajadores, las medidas en materia de seguridad y salud, y los resultados
de las evaluaciones o auditorias del sistema de gestión de prevención de riesgos laborales.
Toda actividad preventiva aprobada deberá incorporar el plazo para llevarla a cabo y las medidas provisionales de control del riesgo. En caso de que el período en el que deba desarrollarse
dicha planificación abarcase más de un año, se deberá realizar una planificación anual.
Artículo 43.3. Información.
La información, sobre los riesgos generales y los inherentes al puesto de trabajo y sobre las
medidas de protección y prevención aplicables, será comunicada de acuerdo a los contenidos
Jueves 22 de junio de 2023
39481
El Plan de Prevención de Riesgos Laborales deberá recoger los requisitos pertinentes contemplados en la legislación vigente de aplicación, de tal forma que se ponga de manifiesto:
a) Que la prevención de riesgos laborales se ha integrado en el sistema general de gestión
de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta.
b) Que han sido identificados los peligros y evaluados los riesgos a que se exponen los
trabajadores en el lugar de trabajo, tanto en relación con los equipos de trabajo como
con el entorno del puesto de trabajo.
c) Que la concepción y utilización de los equipos y lugares de trabajo son seguros, de
acuerdo con los principios de la acción preventiva establecidos en el artículo 15 de la
Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
d) Que se ha previsto una adecuada gestión del mantenimiento de los equipos de trabajo
al objeto de que la seguridad no resulte degradada.
e) Que se han integrado en la actividad preventiva las medidas de emergencia y vigilancia de
la salud, previstas en los artículos 20 y 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
f) Que se controlan periódicamente las condiciones, la organización, los métodos de trabajo y el estado de salud de los trabajadores.
g) Que se ha previsto y programado la formación, información, consulta y participación
adecuada del personal, en materia de seguridad y salud.
h) Que se han previsto las medidas necesarias para garantizar la coordinación de actividades empresariales en el centro de trabajo.
En cualquier caso, el Plan deberá registrar todas las incidencias sobre seguridad y salud que se
produzcan en la vida de la empresa, así como los controles periódicos de las condiciones de trabajo
y de la actividad de los trabajadores, las medidas en materia de seguridad y salud, y los resultados
de las evaluaciones o auditorias del sistema de gestión de prevención de riesgos laborales.
Toda actividad preventiva aprobada deberá incorporar el plazo para llevarla a cabo y las medidas provisionales de control del riesgo. En caso de que el período en el que deba desarrollarse
dicha planificación abarcase más de un año, se deberá realizar una planificación anual.
Artículo 43.3. Información.
La información, sobre los riesgos generales y los inherentes al puesto de trabajo y sobre las
medidas de protección y prevención aplicables, será comunicada de acuerdo a los contenidos