Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062433)
Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del III Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Vectalia Emérita, SL".
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NÚMERO 119
Jueves 22 de junio de 2023

39533

p) Ordenar la ejecución de trabajos que impliquen riesgo, sin comprobar u adoptar
las medidas de seguridad necesarias para quienes lo han de efectuar, así como no
disponer de los mecanismos, útiles preventivos o equipos de protección individual al
efecto.


q) El acoso laboral (mobbing) que atente gravemente y de forma continuada contra la
dignidad del trabajador afectado.

Artículo 38.4. Faltas disciplinarias para los trabajadores adscritos a la actividad de grúa:
1. Se considerarán como faltas leves:


a) Tres faltas de puntualidad en el trabajo, sin la debida justificación, cometidas en el
período de un mes.



b) No notificar por cualquier medio con carácter previo a la ausencia, pudiendo hacerlo,
la imposibilidad de acudir al trabajo y su causa.



c) El abandono del trabajo dentro de la jornada sin causa justificada, aunque sea por
breve tiempo.



d) Descuidos o negligencias en la conservación del material.



e) La falta de respeto y consideración de carácter leve al personal de la empresa y al
público, incluyendo entre las mismas las faltas de aseo y limpieza personal.



f) La no utilización del vestuario y equipo que haya sido facilitado por la empresa con
instrucciones de utilización.



g) Faltar al trabajo un día sin causa justificada en el período de un mes.

2. Se considerarán como faltas graves:


a) Más de tres faltas no justificadas de puntualidad en la asistencia al trabajo, cometidas durante el período de un mes.



b) Faltar dos días al trabajo, durante un mes, sin causa justificada.



c) Entregarse a juegos, cualesquiera que sean, dentro de la jornada de trabajo, si perturbasen el servicio.



d) La desobediencia a las órdenes e instrucciones de los representantes de la empresa
en materia de trabajo, incluido el control de asistencia, no dando cumplimiento a los