Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062433)
Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del III Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Vectalia Emérita, SL".
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NÚMERO 119
Jueves 22 de junio de 2023

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l) La disminución voluntaria en el rendimiento del trabajo.



m) El quebranto o violación del secreto de reserva obligada si no se producen perjuicios
a la empresa.



n) Proporcionar falsa información a la Dirección o a los superiores en relación con el
servicio o trabajo, salvo en caso evidente de mala fe, en que se considerará como
falta muy grave.



o) Los descuidos y equivocaciones que se repitan con frecuencia o los que originen perjuicios a la empresa así como la ocultación maliciosa de estos errores a la Dirección.



p) La anulación de denuncias sin causa justificada evidente.



q) La reiterada falta de aseo y limpieza personal.



r) E
 l abandono del centro o puesto de trabajo, sin causa o motivo justificado, aún por
breve tiempo, si dicho abandono fuera perjudicial para el desarrollo de la actividad
productiva de la empresa o causara daños o accidentes a sus compañeros de trabajo.




s) La reincidencia en la falta de atención público con la diligencia y corrección debidas.

3. Se considerarán faltas muy graves:



a) Más de doce faltas de puntualidad no justificadas cometidas en el período de tres
meses o de veinte en seis meses.



b) Faltar al trabajado más de dos días consecutivos o cuatro alternos al mes sin causa
o motivo que lo justifique.



c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad
encomendados; el hurto y robo, tanto a los demás trabajadores como a la empresa
o cualquier persona durante actos de servicio.

d) Inutilizar, destrozar o causar desperfectos en herramientas, máquinas, aparatos,
instalaciones etc.


e) L
 a embriaguez y/o drogodependencia durante la jornada laboral.



f) Revelar a persona extraña a la empresa los datos de reserva obligada, cuando existan, produciendo perjuicio sensible a la empresa.



g) Revelar planes de organización del trabajo a persona o personas ajenas a la empresa, sustraer documentos y formularios o copiarlos sin autorización de la empresa.