Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062433)
Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del III Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Vectalia Emérita, SL".
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NÚMERO 119
Jueves 22 de junio de 2023



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i) No avisar a su jefe inmediato de los defectos del material o la necesidad de éste, para
el buen desenvolvimiento del trabajo.



j) Discusiones sobre asuntos extraños al trabajo durante la jornada laboral. Si tales discusiones produjesen graves escándalos o alborotos, podrán ser consideradas como
faltas graves o muy graves.



k) Reunirse dos o más controladores/vigilantes en horas de servicio, salvo si es requerida ayuda urgente o tienen permiso de su inmediato superior.



l) Realizar la incorporación al servicio desde lugar distinto al asignado.



m) El incumplimiento de las normas en materia de Prevención de Riesgos y Salud Laborales, que no entrañen riesgo grave para el trabajador, ni para sus compañeros o
terceras personas.

2. Se considerarán como faltas graves:


a) Más de tres faltas de puntualidad en un mes no justificadas.



b) Faltar uno o dos días al trabajo durante un mes, sin causa que lo justifique.



c) No prestar la debida atención al trabajo encomendado.



d) La simulación de enfermedad o accidente.



e) L
 a falta notoria de respeto y consideración al público.



f) La desobediencia a los superiores en cualquier materia de trabajo.



g) Si implicase quebranto manifiesto de la disciplina o de ella se derivan perjuicios notorios para la empresa será considerada como muy grave.



h) S
 imular la presencia de otro trabajador valiéndose de su firma, ficha o tarjeta de
control.



i) La negligencia o desidia en el trabajo que afecte a la buena marcha del mismo.



j) Realizar, sin el oportuno permiso, trabajos particulares durante la jornada laboral, así
como emplear para uso propio herramienta o materiales de la empresa sin la oportuna autorización.



k) La reincidencia en faltas leves, salvo en las de puntualidad, aunque sean de distinta
naturaleza, dentro de un trimestre, cuando hayan mediado sanciones.