Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062433)
Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del III Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Vectalia Emérita, SL".
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NÚMERO 119
Jueves 22 de junio de 2023
39512
Empresa, el calendario laboral en el que deberán incluirse las fiestas locales y las fechas
hábiles para el disfrute de vacaciones.
Lo trabajadores dispondrán tres días de libre disposición al año. El disfrute de los citados
días no afectará, en caso alguno, a la jornada anual pactada en el artículo 13.1, deberá ser
comunicado a la empresa al menos con 7 días de antelación, y se concederán atendiendo
a las necesidades del servicio.
Artículo 20. Permisos retribuidos:
El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
a) Quince días naturales en caso de matrimonio que, previo acuerdo con la empresa, podrán acumularse a una de las dos quincenas de vacaciones.
b) Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo
domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando
con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será
de cuatro días. No obstante, en el caso de enfermedad grave de cónyuge o hijo este
permiso se verá incrementado en dos días naturales.
c) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter
público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo.
Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado, se estará a
lo que ésta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.
Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del 20% de las horas laborables en un período de
tres meses, podrá la empresa pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia
regulada en el apartado 1 del artículo cuarenta y seis del Estatuto de los Trabajadores.
En el supuesto de que el trabajador, por cumplimiento del deber o desempeño del cargo, perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que
tuviera derecho en la empresa.
d) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente.
Jueves 22 de junio de 2023
39512
Empresa, el calendario laboral en el que deberán incluirse las fiestas locales y las fechas
hábiles para el disfrute de vacaciones.
Lo trabajadores dispondrán tres días de libre disposición al año. El disfrute de los citados
días no afectará, en caso alguno, a la jornada anual pactada en el artículo 13.1, deberá ser
comunicado a la empresa al menos con 7 días de antelación, y se concederán atendiendo
a las necesidades del servicio.
Artículo 20. Permisos retribuidos:
El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
a) Quince días naturales en caso de matrimonio que, previo acuerdo con la empresa, podrán acumularse a una de las dos quincenas de vacaciones.
b) Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo
domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando
con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será
de cuatro días. No obstante, en el caso de enfermedad grave de cónyuge o hijo este
permiso se verá incrementado en dos días naturales.
c) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter
público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo.
Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado, se estará a
lo que ésta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.
Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del 20% de las horas laborables en un período de
tres meses, podrá la empresa pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia
regulada en el apartado 1 del artículo cuarenta y seis del Estatuto de los Trabajadores.
En el supuesto de que el trabajador, por cumplimiento del deber o desempeño del cargo, perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que
tuviera derecho en la empresa.
d) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente.