Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062433)
Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del III Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Vectalia Emérita, SL".
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NÚMERO 119
Jueves 22 de junio de 2023
39508
— Trabajos en domingos y festivos: Retribuye mensualmente la prestación de la jornada normal de trabajo en domingo o en festivo que pudieran realizarse a lo largo del año.
— Plus Conductor-perceptor: Se abonará mensualmente a aquellos trabajadores de las categorías profesionales de especialidad conductor, que, de forma habitual, desempeñen funciones de conductor-perceptor de autobús y compensará, asimismo, el tiempo destinado a
las tareas y comprobaciones propias de la toma y deje del servicio.
Los conductores perceptores tomarán el servicio en base, o en el punto de relevo con el
tiempo suficiente para efectuar las comprobaciones previas a la salida del vehículo.
La jornada terminará en el acto del relevo o cuando se entregue el vehículo en base, una
vez haya aparcado convenientemente el vehículo en lo zona destinada al efecto.
En el supuesto de que el conductor-perceptor tuviera que repostar el vehículo, el tiempo
empleado en ello se considerará como tiempo efectivo de trabajo, lo que se documentará
adecuadamente.
Se establece para este concepto el precio de 120 euros desde la firma del convenio, y le
será retribuido a los trabajadores con categoría profesional conductor-perceptor, se abonará en 12 pagas.
Para los trabajadores subrogados, este importe será abonado desde el 1 de enero de 2023,
siendo detraído del complemento ad personam. Para los conductores-perceptores no subrogados este concepto resultará de aplicación desde el 1 de enero de 2022.
— Plus Conductor: se establece para este concepto el precio de 20 euros desde la firma del
convenio, y le será retribuido a las siguientes categorías profesionales: conductor de grúa,
controlador y personal de taller con carné de conducir, se abonará en 12 pagas.
Para los trabajadores subrogados, este importe será abonado desde el 1 de enero de 2023,
siendo detraído del complemento ad personam. Para los conductores-perceptores no subrogados este concepto resultará de aplicación desde el 1 de enero de 2022.
Este plus desaparece para los conductores perceptores.
— Complemento de especial dedicación: retribuye la especial disponibilidad y dada la responsabilidad de sus funciones, podrá ser requerida su presencia en el lugar de trabajo por
parte de la dirección de la empresa fuera del horario habitual, en caso de necesidades del
servicio y por el tiempo imprescindible. Este complemento será reconocido, en su caso,
expresamente por escrito y a título individual por la empresa en su cuantía y devengo.
Jueves 22 de junio de 2023
39508
— Trabajos en domingos y festivos: Retribuye mensualmente la prestación de la jornada normal de trabajo en domingo o en festivo que pudieran realizarse a lo largo del año.
— Plus Conductor-perceptor: Se abonará mensualmente a aquellos trabajadores de las categorías profesionales de especialidad conductor, que, de forma habitual, desempeñen funciones de conductor-perceptor de autobús y compensará, asimismo, el tiempo destinado a
las tareas y comprobaciones propias de la toma y deje del servicio.
Los conductores perceptores tomarán el servicio en base, o en el punto de relevo con el
tiempo suficiente para efectuar las comprobaciones previas a la salida del vehículo.
La jornada terminará en el acto del relevo o cuando se entregue el vehículo en base, una
vez haya aparcado convenientemente el vehículo en lo zona destinada al efecto.
En el supuesto de que el conductor-perceptor tuviera que repostar el vehículo, el tiempo
empleado en ello se considerará como tiempo efectivo de trabajo, lo que se documentará
adecuadamente.
Se establece para este concepto el precio de 120 euros desde la firma del convenio, y le
será retribuido a los trabajadores con categoría profesional conductor-perceptor, se abonará en 12 pagas.
Para los trabajadores subrogados, este importe será abonado desde el 1 de enero de 2023,
siendo detraído del complemento ad personam. Para los conductores-perceptores no subrogados este concepto resultará de aplicación desde el 1 de enero de 2022.
— Plus Conductor: se establece para este concepto el precio de 20 euros desde la firma del
convenio, y le será retribuido a las siguientes categorías profesionales: conductor de grúa,
controlador y personal de taller con carné de conducir, se abonará en 12 pagas.
Para los trabajadores subrogados, este importe será abonado desde el 1 de enero de 2023,
siendo detraído del complemento ad personam. Para los conductores-perceptores no subrogados este concepto resultará de aplicación desde el 1 de enero de 2022.
Este plus desaparece para los conductores perceptores.
— Complemento de especial dedicación: retribuye la especial disponibilidad y dada la responsabilidad de sus funciones, podrá ser requerida su presencia en el lugar de trabajo por
parte de la dirección de la empresa fuera del horario habitual, en caso de necesidades del
servicio y por el tiempo imprescindible. Este complemento será reconocido, en su caso,
expresamente por escrito y a título individual por la empresa en su cuantía y devengo.