Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062343)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la entidad Asociación Española contra el Cáncer por el que se formaliza la concesión directa de una subvención, para la ejecución del "Proyecto de Atención Integral a Mujeres con Cáncer".
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NÚMERO 119
Jueves 22 de junio de 2023
39374
Corresponde a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través de la Dirección General
de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias:
a) Realizar el seguimiento y control del proyecto según lo establecido en la cláusula decimoprimera de este convenio.
b) Transferir el importe de ciento veinte mil euros (120.000 €) a la AECC de conformidad
con la cláusula sexta.
Décima. Compatibilidad con otras subvenciones.
La presente subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, teniendo en cuenta
que “El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de
la actividad subvencionada”, según se establece en el artículo 18 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Decimoprimera. Seguimiento y control de las actuaciones.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio, se constituirá
una Comisión de Seguimiento, que estará formada por un responsable de proyectos de la
Asociación Española contra el Cáncer (AECC), un Jefe de Servicio de la Dirección General
de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias y un técnico del Servicio
de Participación Comunitaria en Salud de la Dirección General de Planificación, Formación y
Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, designados por quienes suscriben el presente convenio.
Su régimen de funcionamiento y toma de decisiones se ajustará a lo establecido en la Sección
Tercera del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, para los órganos colegiados.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio, correspondiéndole, entre otras, las siguientes funciones:
— Realizar el seguimiento de las actuaciones ejecutadas en virtud del presente convenio, verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a
desarrollar.
— Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del mismo.
Jueves 22 de junio de 2023
39374
Corresponde a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través de la Dirección General
de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias:
a) Realizar el seguimiento y control del proyecto según lo establecido en la cláusula decimoprimera de este convenio.
b) Transferir el importe de ciento veinte mil euros (120.000 €) a la AECC de conformidad
con la cláusula sexta.
Décima. Compatibilidad con otras subvenciones.
La presente subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, teniendo en cuenta
que “El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de
la actividad subvencionada”, según se establece en el artículo 18 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Decimoprimera. Seguimiento y control de las actuaciones.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio, se constituirá
una Comisión de Seguimiento, que estará formada por un responsable de proyectos de la
Asociación Española contra el Cáncer (AECC), un Jefe de Servicio de la Dirección General
de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias y un técnico del Servicio
de Participación Comunitaria en Salud de la Dirección General de Planificación, Formación y
Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, designados por quienes suscriben el presente convenio.
Su régimen de funcionamiento y toma de decisiones se ajustará a lo establecido en la Sección
Tercera del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, para los órganos colegiados.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio, correspondiéndole, entre otras, las siguientes funciones:
— Realizar el seguimiento de las actuaciones ejecutadas en virtud del presente convenio, verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a
desarrollar.
— Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del mismo.