Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062311)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz para la financiación y ejecución de las obras de acondicionamiento y mejora de las carreteras que unen San Francisco de Olivenza y San Rafael de Oivenza.
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NÚMERO 118
Miércoles 21 de junio de 2023
38952
En ejecución de lo dispuesto en la estipulación quinta, A) del citado Convenio, la Junta de
Extremadura abonó el pago a la Diputación Provincial previsto para la anualidad de 2022 por
importe de 200.000 €.
Segundo. En la estipulación cuarta del Convenio “Cuantía de las actuaciones previstas y
financiación”, se establecía en su apartado B).1 que “La Consejería de Movilidad, Transporte
y Vivienda, a través de la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias, aportará
a la Diputación Provincial de Badajoz la cantidad de un millón sesenta y tres mil doscientos
sesenta y un euros y ochenta y seis céntimos, (1.063.261,86 €), correspondiente al 50% del
coste de ejecución de los proyectos redactados, de acuerdo con la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y con las disponibilidades
presupuestarias de la Junta de Extremadura.”.
Asimismo, en el segundo párrafo de dicha estipulación se estableció que “Esta aportación se
hará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
correspondiendo [0] € a la anualidad de [2021], [400.000] € a la anualidad de [2022] y
[663.261,86] a la anualidad 2023.”.
Además, se pactó que “la Junta de Extremadura aportará el 50% de la liquidación del contrato
de obras cuando esta se produzca, teniendo siempre presente que la máxima aportación de la
Junta de Extremadura, por cualquiera de los conceptos, será de 1.063.261,86 €”.
Y por último, en el apartado B).2 de esta estipulación se acordó que “La Diputación Provincial
aportará la cantidad de un millón sesenta y tres mil doscientos sesenta y un euros y ochenta
y seis céntimos, (1.063.261,86 €), correspondiente al restante 50% del coste de ejecución de
los proyectos redactados, con cargo a la aplicación presupuestaria [320/45300/61901] de los
Presupuestos de la Diputación de Badajoz, correspondiendo, igualmente, [0] € a la anualidad
de [2021], [600.000] € a la anualidad de [2022] y [463.261,86] € a la anualidad de [2023].”
Tercero. En la estipulación quinta del citado Convenio, relativa al “pago y justificación de la
subvención” se estableció que:
“A) Pago:
La subvención que se otorga a la Diputación se hará efectiva de la siguiente forma:
ANUALIDAD 2021: (0,00 €):
El importe previsto para la anualidad de 2021 es de 0,00€.
ANUALIDAD 2022: (400.000,00 €):
Miércoles 21 de junio de 2023
38952
En ejecución de lo dispuesto en la estipulación quinta, A) del citado Convenio, la Junta de
Extremadura abonó el pago a la Diputación Provincial previsto para la anualidad de 2022 por
importe de 200.000 €.
Segundo. En la estipulación cuarta del Convenio “Cuantía de las actuaciones previstas y
financiación”, se establecía en su apartado B).1 que “La Consejería de Movilidad, Transporte
y Vivienda, a través de la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias, aportará
a la Diputación Provincial de Badajoz la cantidad de un millón sesenta y tres mil doscientos
sesenta y un euros y ochenta y seis céntimos, (1.063.261,86 €), correspondiente al 50% del
coste de ejecución de los proyectos redactados, de acuerdo con la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y con las disponibilidades
presupuestarias de la Junta de Extremadura.”.
Asimismo, en el segundo párrafo de dicha estipulación se estableció que “Esta aportación se
hará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
correspondiendo [0] € a la anualidad de [2021], [400.000] € a la anualidad de [2022] y
[663.261,86] a la anualidad 2023.”.
Además, se pactó que “la Junta de Extremadura aportará el 50% de la liquidación del contrato
de obras cuando esta se produzca, teniendo siempre presente que la máxima aportación de la
Junta de Extremadura, por cualquiera de los conceptos, será de 1.063.261,86 €”.
Y por último, en el apartado B).2 de esta estipulación se acordó que “La Diputación Provincial
aportará la cantidad de un millón sesenta y tres mil doscientos sesenta y un euros y ochenta
y seis céntimos, (1.063.261,86 €), correspondiente al restante 50% del coste de ejecución de
los proyectos redactados, con cargo a la aplicación presupuestaria [320/45300/61901] de los
Presupuestos de la Diputación de Badajoz, correspondiendo, igualmente, [0] € a la anualidad
de [2021], [600.000] € a la anualidad de [2022] y [463.261,86] € a la anualidad de [2023].”
Tercero. En la estipulación quinta del citado Convenio, relativa al “pago y justificación de la
subvención” se estableció que:
“A) Pago:
La subvención que se otorga a la Diputación se hará efectiva de la siguiente forma:
ANUALIDAD 2021: (0,00 €):
El importe previsto para la anualidad de 2021 es de 0,00€.
ANUALIDAD 2022: (400.000,00 €):