Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023062399)
Resolución de 8 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada, incluida su modificación sustancial, al proyecto de secadero de cereales, central hortofrutícola, almacenamiento de fitosanitarios y distribución de gasóleo, cuya promotora es la Sociedad Cooperativa Agrícola de Medellín, en el término municipal de Medellín.
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NÚMERO 118
Miércoles 21 de junio de 2023
39212
(DGS) promovió la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de
los vecinos inmediatos con fecha 17 de julio de 2019.
Sexto. Con fecha 17 de julio de 2019, y posteriores reiteraciones de fecha 28 de septiembre
de 2021 y 14 de octubre de 2022, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de Medellín, en el que se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días desde la recepción del expediente, para remitir un informe técnico que se pronunciara sobre la adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia municipal, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. El
Ayuntamiento de Medellín remite con fecha de recepción de 9 de enero de 2023, el certificado
de la exposición pública y la notificación realizada a los vecinos colindantes.
Séptimo. El técnico del Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura del Área de Fomento
de la Diputación de Badajoz emite informe favorable recibido con fecha 16 de noviembre de
2022 y añade condiciones de vertido de aguas residuales a la red municipal de saneamiento:
Que la instalación proyectada realiza vertido a la red municipal de saneamiento por lo que
deberá contar antes de su acometida de una arqueta de toma de muestra para control de
vertido.
Octavo. Para dar cumplimiento al apartado 8 del artículo 16, de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad se dirigió mediante escritos de fecha 22 de mayo de 2023 a Sociedad
Cooperativa Agrícola de Medellín, al Ayuntamiento de Medellín y a las organizaciones no
gubernamentales cuyo objeto sea la defensa de la naturaleza y el desarrollo sostenible con
objeto de proceder al trámite de audiencia a los interesados, sin que se hayan pronunciado
al respecto.
Noveno. A los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para el dictado de la Resolución que ponga fin al procedimiento de autorización ambiental unificada la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad en virtud de lo dispuesto en el artículo
15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y en el artículo 4.1.e) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad,
modificado por el Decreto 20/2021, de 31 de marzo.
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23
de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
Miércoles 21 de junio de 2023
39212
(DGS) promovió la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de
los vecinos inmediatos con fecha 17 de julio de 2019.
Sexto. Con fecha 17 de julio de 2019, y posteriores reiteraciones de fecha 28 de septiembre
de 2021 y 14 de octubre de 2022, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de Medellín, en el que se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días desde la recepción del expediente, para remitir un informe técnico que se pronunciara sobre la adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia municipal, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. El
Ayuntamiento de Medellín remite con fecha de recepción de 9 de enero de 2023, el certificado
de la exposición pública y la notificación realizada a los vecinos colindantes.
Séptimo. El técnico del Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura del Área de Fomento
de la Diputación de Badajoz emite informe favorable recibido con fecha 16 de noviembre de
2022 y añade condiciones de vertido de aguas residuales a la red municipal de saneamiento:
Que la instalación proyectada realiza vertido a la red municipal de saneamiento por lo que
deberá contar antes de su acometida de una arqueta de toma de muestra para control de
vertido.
Octavo. Para dar cumplimiento al apartado 8 del artículo 16, de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad se dirigió mediante escritos de fecha 22 de mayo de 2023 a Sociedad
Cooperativa Agrícola de Medellín, al Ayuntamiento de Medellín y a las organizaciones no
gubernamentales cuyo objeto sea la defensa de la naturaleza y el desarrollo sostenible con
objeto de proceder al trámite de audiencia a los interesados, sin que se hayan pronunciado
al respecto.
Noveno. A los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para el dictado de la Resolución que ponga fin al procedimiento de autorización ambiental unificada la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad en virtud de lo dispuesto en el artículo
15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y en el artículo 4.1.e) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad,
modificado por el Decreto 20/2021, de 31 de marzo.
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23
de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,