Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2023062396)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Trabajo Social de Cáceres -adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre-, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y Consejo de Colegios Profesionales de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 118
Miércoles 21 de junio de 2023

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h) V
 elar por la correcta conducta profesional de las personas colegiadas y por el decoro del
Colegio.
Artículo 44. Vicepresidencia del Colegio.
Corresponde a la Vicepresidencia el ejercicio de todas aquellas funciones que le sean delegadas por la Presidencia asumiendo las atribuidas a ésta en los casos de ausencia, enfermedad
o vacante.
Artículo 45. Secretario/a del Colegio.
Corresponden al Secretario/a las siguientes funciones:
a) Llevar los libros necesarios para el mejor y más ordenado servicio del Colegio Oficial de
Trabajo Social de Cáceres.
b) Redactar y firmar las actas que necesariamente deben levantarse tras las reuniones de
la Asamblea General y de la Junta de Gobierno.
c) Recibir y dar cuenta a la Presidencia y a la Junta de Gobierno de todas las solicitudes y
comunicaciones que se dirijan al Colegio.
d) Redactar la memoria de la gestión anual.
e) D
 irigir los servicios administrativos y asumir la jefatura de personal de acuerdo con los
Estatutos Colegiales.
f) Efectuar las inscripciones en el Registro de Sociedades Profesionales y expedir las certificaciones oportunas.
Artículo 46. Tesorería del Colegio.
Corresponden a la Tesorería las siguientes funciones:
a) Recaudar y custodiar los fondos del Colegio.
b) Llevar la contabilidad del Colegio y el inventario de los bienes del mismo.
c) Formular la cuenta general de tesorería y preparar el proyecto de presupuestos anuales.
d) Realizar arqueos y balance de situación anuales y cuando sea requerido para ello.
e) E
 l Tesorero/a pedirá un informe económico anual a una empresa externa. Informe que
será puesto en conocimiento de la Junta de Gobierno y posteriormente de la Asamblea
General para su aprobación, si procede.