Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2023062396)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Trabajo Social de Cáceres -adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre-, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y Consejo de Colegios Profesionales de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
53 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 118
Miércoles 21 de junio de 2023

39110

Artículo 41. Funcionamiento.
1. L
 a Junta de Gobierno se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al mes y con carácter
extraordinario, cuando las circunstancias así lo aconsejen, o cuando sea solicitado por la
mitad más uno de los miembros que componen la Junta de Gobierno.
2. L
 os acuerdos se tomarán por mayoría de los asistentes, y en caso de empate, decidirá el
voto de calidad del Presidente/a. Los acuerdos de la Junta se consignarán en las oportunas
actas que levantará quien realice las funciones de Secretario/a, siendo aprobados definitivamente en la siguiente reunión, incorporándose por orden de fechas de adopción en el
libro que se dispondrán al efecto.
3. S
 olo se podrán adoptar acuerdos sobre asuntos del Orden del Día, salvo que asistan todos
los miembros de la Junta y sea declarada la urgencia del asunto con el voto favorable de
la mayoría.
4. S
 erá obligatoria la asistencia de todos los miembros de la Junta de Gobierno a las sesiones,
entendiéndose como renuncia al cargo la ausencia a cuatro sesiones no justificada a las
mismas.
Artículo 42. Funciones de la Junta de Gobierno.
Corresponde a la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Trabajo Social de Cáceres el ejercicio de las siguientes funciones:
a) Velar por el cumplimiento y ejecución de los acuerdos adoptados por la Asamblea General, así como promover las iniciativas que por dicha Asamblea se sean encomendadas.
b) Resolver sobre las peticiones de incorporación al Colegio de nuevos profesionales, admitiendo o denegando la colegiación de los mismos.
c) Administrar los bienes del Colegio y disponer de los recursos del mismo.
d) Confeccionar, para su aprobación por la Asamblea General, la memoria anual de actividades, la memoria económica y los presupuestos del Colegio y rendir cuentas ante
aquella.
e) E
 jercer la potestad disciplinaria sobre las personas colegiadas.
f) Dirimir los conflictos que puedan suscitarse entre las personas colegiadas en el ejercicio
de la profesión.