Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energías Renovables. Subvenciones. (2023040096)
Decreto 54/2023, de 17 de mayo, por el que se modifica el Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 118
Miércoles 21 de junio de 2023
38803
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la ampliación de los beneficiarios, la
determinación de las cuantía de ayudas y otros aspectos técnicos y de justificación puntuales
de las bases reguladoras a aplicar.
Además de efectuar las modificaciones necesarias para adaptar las bases autonómicas a la
modificación realizada por el Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, se introducen cuestiones para incorporar las exigencias derivadas de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por el que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre por la que se establece el
procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público
Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de
ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/55/2023 de 24 de enero, relativa al análisis
sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como lo dispuesto en el Decreto 20/2022, de
9 de marzo, por el que se aprueba el Plan de medidas contra el fraude, la corrupción y los
conflictos de intereses en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se regula la estructura
administrativa para su puesta en funcionamiento.
Por último, la aceptación de la convocatoria en la región ha sido plena, habiéndose recibido
un amplio número de solicitudes en todos los sectores que en todo momento ha superado las
expectativas y los créditos iniciales que le fueron asignado a Extremadura mediante el Real
Decreto 477/2021, de 29 de junio. Esto ha llevado a la Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad a solicitar al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)
una ampliación de créditos, la cual ha sido concedida mediante Resolución de la Presidenta
del IDAE de 18 de octubre de 2022. Con la ampliación concedida, Extremadura dispondrá de
un importe total de 27.942.504,76 euros para la concesión de subvenciones, lo cual le permitirá poder atender a un mayor número de las solicitudes presentadas. Así, la previsión de
contribución a los objetivos CID indicados será de una potencia de generación renovable total
(autoconsumo eléctrico y energía térmica) de 42,8 MW y una capacidad de almacenamiento
de 10,6 MWh.
También se pretende con el presente decreto adecuar los conceptos presupuestarios de la
convocatoria inicial realizada con la publicación en el Diario Oficial de Extremadura n.º 16,
de 25 de enero de 2022, del Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, a los conceptos actuales
de la vigente Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2023.
Las razones expuestas en los párrafos precedentes son precisamente los motivos de necesidad,
que de conformidad con el artículo 139.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento
Miércoles 21 de junio de 2023
38803
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la ampliación de los beneficiarios, la
determinación de las cuantía de ayudas y otros aspectos técnicos y de justificación puntuales
de las bases reguladoras a aplicar.
Además de efectuar las modificaciones necesarias para adaptar las bases autonómicas a la
modificación realizada por el Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, se introducen cuestiones para incorporar las exigencias derivadas de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por el que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre por la que se establece el
procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público
Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de
ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/55/2023 de 24 de enero, relativa al análisis
sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como lo dispuesto en el Decreto 20/2022, de
9 de marzo, por el que se aprueba el Plan de medidas contra el fraude, la corrupción y los
conflictos de intereses en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se regula la estructura
administrativa para su puesta en funcionamiento.
Por último, la aceptación de la convocatoria en la región ha sido plena, habiéndose recibido
un amplio número de solicitudes en todos los sectores que en todo momento ha superado las
expectativas y los créditos iniciales que le fueron asignado a Extremadura mediante el Real
Decreto 477/2021, de 29 de junio. Esto ha llevado a la Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad a solicitar al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)
una ampliación de créditos, la cual ha sido concedida mediante Resolución de la Presidenta
del IDAE de 18 de octubre de 2022. Con la ampliación concedida, Extremadura dispondrá de
un importe total de 27.942.504,76 euros para la concesión de subvenciones, lo cual le permitirá poder atender a un mayor número de las solicitudes presentadas. Así, la previsión de
contribución a los objetivos CID indicados será de una potencia de generación renovable total
(autoconsumo eléctrico y energía térmica) de 42,8 MW y una capacidad de almacenamiento
de 10,6 MWh.
También se pretende con el presente decreto adecuar los conceptos presupuestarios de la
convocatoria inicial realizada con la publicación en el Diario Oficial de Extremadura n.º 16,
de 25 de enero de 2022, del Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, a los conceptos actuales
de la vigente Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2023.
Las razones expuestas en los párrafos precedentes son precisamente los motivos de necesidad,
que de conformidad con el artículo 139.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento