Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energías Renovables. Subvenciones. (2023040096)
Decreto 54/2023, de 17 de mayo, por el que se modifica el Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 118
Miércoles 21 de junio de 2023
38828
4.4. S
ector público institucional:
Declaración responsable donde acredite su adscripción a la Administración correspondiente. Dicha declaración se encuentra incluida dentro del modelo de solicitud de ayuda
del anexo II del presente decreto.
4.5. C
omunidad de propietarios constituida conforme a la Ley 49/1960, de 21 de julio:
1.º E
scritura de constitución de la comunidad de propietarios o acta de la reunión en la
que se constituyó como tal.
2.º A
cta de la reunión en la que se nombró al presidente.
3.º C
ertificado del acuerdo de la junta de la comunidad de propietarios, emitido y
firmado por el secretario o administrador de la comunidad con el visto bueno del
presidente, en el que, de forma expresa, queden reflejados: la aprobación de la
realización de las obras necesarias para la actuación a realizar, figurando una descripción general de la actuación y el presupuesto aprobado para su ejecución, y la
aprobación de la solicitud de ayuda al órgano instructor, facultando al presidente
como representante para realizar las gestiones de tramitación de la ayuda.
4.º D
eclaración de los comuneros de no estar incursos en las prohibiciones para obtener
la condición de beneficiario, según el artículo 8.3 del presente decreto conforme al
modelo del anexo III.
4.6. C
omunidad de energías renovables o una comunidad ciudadana de energía:
a) NIF de la entidad jurídica que gestione la comunidad, en el caso de que la persona
interesada se oponga expresamente en el apartado correspondiente del anexo II
relativo a la solicitud de ayuda, a que el órgano gestor lo recabe de oficio. Dicha
entidad será la considerada como beneficiaria de la ayuda.
b) Composición, estructura y régimen de funcionamiento y acuerdos de los órganos de
gobierno de la entidad, para acreditar que todos los socios o miembros son personas
físicas, pymes o autoridades locales, incluidos los municipios. Adicionalmente se
aportará la declaración responsable incluida en el anexo IV.
c) Para acreditar que la comunidad de energías renovables esta efectivamente controlada por socios o miembros que están situados en las proximidades de los proyectos,
se presentará el certificado de empadronamiento para la persona física situada a mayor distancia de la dirección del proyecto presentado, y/o tarjeta NIF donde conste
la dirección social para las pymes socios o miembros de la misma. Se deberán situar
Miércoles 21 de junio de 2023
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4.4. S
ector público institucional:
Declaración responsable donde acredite su adscripción a la Administración correspondiente. Dicha declaración se encuentra incluida dentro del modelo de solicitud de ayuda
del anexo II del presente decreto.
4.5. C
omunidad de propietarios constituida conforme a la Ley 49/1960, de 21 de julio:
1.º E
scritura de constitución de la comunidad de propietarios o acta de la reunión en la
que se constituyó como tal.
2.º A
cta de la reunión en la que se nombró al presidente.
3.º C
ertificado del acuerdo de la junta de la comunidad de propietarios, emitido y
firmado por el secretario o administrador de la comunidad con el visto bueno del
presidente, en el que, de forma expresa, queden reflejados: la aprobación de la
realización de las obras necesarias para la actuación a realizar, figurando una descripción general de la actuación y el presupuesto aprobado para su ejecución, y la
aprobación de la solicitud de ayuda al órgano instructor, facultando al presidente
como representante para realizar las gestiones de tramitación de la ayuda.
4.º D
eclaración de los comuneros de no estar incursos en las prohibiciones para obtener
la condición de beneficiario, según el artículo 8.3 del presente decreto conforme al
modelo del anexo III.
4.6. C
omunidad de energías renovables o una comunidad ciudadana de energía:
a) NIF de la entidad jurídica que gestione la comunidad, en el caso de que la persona
interesada se oponga expresamente en el apartado correspondiente del anexo II
relativo a la solicitud de ayuda, a que el órgano gestor lo recabe de oficio. Dicha
entidad será la considerada como beneficiaria de la ayuda.
b) Composición, estructura y régimen de funcionamiento y acuerdos de los órganos de
gobierno de la entidad, para acreditar que todos los socios o miembros son personas
físicas, pymes o autoridades locales, incluidos los municipios. Adicionalmente se
aportará la declaración responsable incluida en el anexo IV.
c) Para acreditar que la comunidad de energías renovables esta efectivamente controlada por socios o miembros que están situados en las proximidades de los proyectos,
se presentará el certificado de empadronamiento para la persona física situada a mayor distancia de la dirección del proyecto presentado, y/o tarjeta NIF donde conste
la dirección social para las pymes socios o miembros de la misma. Se deberán situar