Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energías Renovables. Subvenciones. (2023040096)
Decreto 54/2023, de 17 de mayo, por el que se modifica el Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 118
Miércoles 21 de junio de 2023



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b) Para el programa de incentivos 1, se aportará declaración de ayudas según lo indicado la letra g) del punto 2 del presente artículo la cual se encuentra incluida dentro
del modelo de solicitud de ayuda del anexo II del presente decreto.



c) Para el programa de incentivos 2, se aportará declaración de ayudas solicitadas o
recibidas bajo el régimen de minimis en los tres últimos años, la cual se encuentra
incluida dentro del modelo de solicitud de ayuda del anexo II del presente decreto.

4.2. E
 mpresas o agrupaciones de empresas con personalidad jurídica, incluidas las empresas de servicios energéticos o proveedores de servicios energéticos:


a) Certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de estar
dado de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, cuando no
autorice expresamente en el apartado correspondiente del anexo II relativo a la solicitud de ayuda, a que sea recabado de oficio por el órgano gestor, de conformidad
con el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.



b) Escrituras de constitución de la empresa o estatutos vigentes de la misma, debidamente inscritos, en su caso, en los registros públicos correspondientes.



c) Declaración responsable en la que figure la condición de gran empresa, mediana o
pequeña empresa, en su caso, si se trata de una entidad sin actividad mercantil y
comercial. Dicha declaración quedará realizada en la propia solicitud de ayuda según
modelo de anexo II del presente decreto.



d) En el caso de agrupación de empresas documento de colaboración o instrumento
análogo formalizado por el representante debidamente facultado de las mismas que
especifique la aceptación y designación expresa del representante único de todas
ellas, que formule la solicitud y reciba el importe total de la ayuda otorgada, así
como la aceptación expresa de participación de todas ellas en el Programa de ayudas
establecido por esta convocatoria, asumiendo la totalidad de compromisos y obligaciones derivados del mismo, con detalle de los compromisos de ejecución correspondientes a cada miembro de la agrupación así como importe de la ayuda a aplicar a
cada uno de ellos.

4.3. A
 dministración o entidad púbica:
Certificación acreditativa de resolución o acuerdo adoptado por el órgano competente
de la administración o entidad pública solicitante, por la que se apruebe la participación
en el programa de incentivos correspondiente asumiendo los compromisos contenidos
en el mismo.