Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062309)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud, la Federación Plena Inclusión Extremadura, Novartis Farmacéutica SA y Sandoz Farmacéutica, SA, para la adaptación a lectura fácil de la información relacionada con la salud.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 117
Martes 20 de junio de 2023
38600
— Un cronograma o plazo de ejecución.
— Un presupuesto asociado a la ejecución de la actividad de colaboración.
— Una memoria a modo de resumen con las actuaciones realizadas.
— Resultados de las actuaciones llevadas a cabo, con un análisis cualitativo y cuantitativo
de las mismas.
Igualmente podrán ser objeto del convenio publicaciones científicas, la aparición en medios de
comunicación de contenidos relacionados con la salud, presentaciones públicas, etc.
Tercera. Obligaciones de las partes.
I. Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
1. L
a Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, a través de
la Dirección General de Accesibilidad y Centros, en el ejercicio de sus competencias en
materia de accesibilidad universal, asume la supervisión de las funciones de estudio
y análisis de aquellas actuaciones de adaptación de contenidos en materia de salud a
lectura fácil a realizar con el presente convenio.
2. L
a Consejería aportará el personal propio adscrito a la Dirección General de Accesibilidad y Centros, y el de la Oficina de Accesibilidad Cognitiva de Extremadura gestionada
por Plena Inclusión, para la materialización de las diferentes actuaciones a desarrollar
con el convenio.
3. L
a Dirección General de Accesibilidad y Centros en su función de fomento de las condiciones de accesibilidad universal y de las medidas de acción positiva en los edificios,
supervisará la posible implantación de la cartelería accesible en los centros sanitarios
dependientes del SES, una vez sea analizada su viabilidad por la comisión de seguimiento del convenio.
4. D
e igual forma, la Dirección General de Accesibilidad y Centros difundirá la elaboración
del «Protocolo para una Comunicación Inclusiva en los Ámbitos Institucionales y de la
Comunicación», y vigilará el cumplimiento de las directrices en materia de accesibilidad
universal y diversidad de las personas, en los contenidos del material elaborado y en
cualquiera de los productos que se obtengan fruto del convenio, tanto en los de carácter
gráfico o escrito, como en los de aspecto audiovisual.
5. L
a planificación, organización y gestión de los cursos formativos serán parte de las obligaciones a desarrollar por la Consejería a través de la Dirección General de Accesibilidad
y Centros.
Martes 20 de junio de 2023
38600
— Un cronograma o plazo de ejecución.
— Un presupuesto asociado a la ejecución de la actividad de colaboración.
— Una memoria a modo de resumen con las actuaciones realizadas.
— Resultados de las actuaciones llevadas a cabo, con un análisis cualitativo y cuantitativo
de las mismas.
Igualmente podrán ser objeto del convenio publicaciones científicas, la aparición en medios de
comunicación de contenidos relacionados con la salud, presentaciones públicas, etc.
Tercera. Obligaciones de las partes.
I. Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
1. L
a Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, a través de
la Dirección General de Accesibilidad y Centros, en el ejercicio de sus competencias en
materia de accesibilidad universal, asume la supervisión de las funciones de estudio
y análisis de aquellas actuaciones de adaptación de contenidos en materia de salud a
lectura fácil a realizar con el presente convenio.
2. L
a Consejería aportará el personal propio adscrito a la Dirección General de Accesibilidad y Centros, y el de la Oficina de Accesibilidad Cognitiva de Extremadura gestionada
por Plena Inclusión, para la materialización de las diferentes actuaciones a desarrollar
con el convenio.
3. L
a Dirección General de Accesibilidad y Centros en su función de fomento de las condiciones de accesibilidad universal y de las medidas de acción positiva en los edificios,
supervisará la posible implantación de la cartelería accesible en los centros sanitarios
dependientes del SES, una vez sea analizada su viabilidad por la comisión de seguimiento del convenio.
4. D
e igual forma, la Dirección General de Accesibilidad y Centros difundirá la elaboración
del «Protocolo para una Comunicación Inclusiva en los Ámbitos Institucionales y de la
Comunicación», y vigilará el cumplimiento de las directrices en materia de accesibilidad
universal y diversidad de las personas, en los contenidos del material elaborado y en
cualquiera de los productos que se obtengan fruto del convenio, tanto en los de carácter
gráfico o escrito, como en los de aspecto audiovisual.
5. L
a planificación, organización y gestión de los cursos formativos serán parte de las obligaciones a desarrollar por la Consejería a través de la Dirección General de Accesibilidad
y Centros.